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domingo, 28 de marzo de 2010
lunes, 22 de marzo de 2010
CAMPAÑA Y SAN JERÓNIMO IGUALARON 1 A 1
Campaña que sufrirá la baja de 6 jugadores suspendidos en la última fecha del interior de cara al clásico alistó a : Stella; Aldeco, Larenti, Barrios y Muzzio; Láscares,Banchio,Montenegro y Lemos; Díaz y Zamparutto. Están suspendidos de cara al clásico en la primer fecha Rodrigo Lagos ( 3 encuentros); Maslovar, Teloni, Guille López,Roberto, Comba todos 2 encuentros, el que es´tá en condiciones de volver es Germán Monzón. Recordemos que Mussolón,Chiapello y Martín dejaron el equipo una vez finalizado el Torneo del Interior.
San Jerónimo: alistó a Sepúlveda; Marañez,Ruiz y Neri; Espínola, Robledo, I. lópez, Aramburu, Sergio Sánchez; Martín y Cabrera. recordemos Adrián Rógani que había ido a entrenar a América volvió a la institución, Jairo dutra ex Sport será uno d elos refuerzos y algunos refuerzos acercados por Gaetán se sumarán al plantel final . recordemos que San jerónimo debutará el Miércoles por la liga ante Sportivo de Las Parejas
San Jerónimo: alistó a Sepúlveda; Marañez,Ruiz y Neri; Espínola, Robledo, I. lópez, Aramburu, Sergio Sánchez; Martín y Cabrera. recordemos Adrián Rógani que había ido a entrenar a América volvió a la institución, Jairo dutra ex Sport será uno d elos refuerzos y algunos refuerzos acercados por Gaetán se sumarán al plantel final . recordemos que San jerónimo debutará el Miércoles por la liga ante Sportivo de Las Parejas
TODOS LOS RESULTADOS ATENCION QUE HUBO ALGUNOS POSTERGADOS
TODOS LOS RESULTADOS EN http://www.ascensodelinterior.com.ar/
jueves, 18 de marzo de 2010
SE PATEARON LOS PENALES Y PASÓ FERRO
El equipo pampeano ganó la serie de los penales por 6 a 5 sobre Defensores de Buena Parada, Río Colorado, despúes de igualar en los reglamentarios 4 a 4. De esta manera el elenco de Barrio Talleres enfrentará el próximo domingo a FC Tres Algarrobos a partir de las 17:30.
En la ejecución desde el punto de penal, Ferro de Pico venció por 6 a 5 y clasificó para jugar la próximo ronda. Después de una decisión inédita e impresentable del Consejo Federal de Fútbol, Ferro se alzó con una justa victoria que ya había logrado el domingo anterior en cancha de Defensores de Buena Parada.
Por Ferro convirtieron Nicolás Martelli, Matías Ocampo, Agústín Pieraligi, "Coqui" Bornes, Leandro Montero y Leo Ponce. Lo erró Juan Pablo Capellán Bajo.
Por Defensores de Buena Parada anotaron: Luis Espinoza, Emiliano Monti, Sergio Picadia; Juan Storm, Nicolás Anduelo. Se lo atajaron a Alejandro Macía y lo tiró afuera Julián Funes.
Fuente: www.pampadeportiva.com
En la ejecución desde el punto de penal, Ferro de Pico venció por 6 a 5 y clasificó para jugar la próximo ronda. Después de una decisión inédita e impresentable del Consejo Federal de Fútbol, Ferro se alzó con una justa victoria que ya había logrado el domingo anterior en cancha de Defensores de Buena Parada.
Por Ferro convirtieron Nicolás Martelli, Matías Ocampo, Agústín Pieraligi, "Coqui" Bornes, Leandro Montero y Leo Ponce. Lo erró Juan Pablo Capellán Bajo.
Por Defensores de Buena Parada anotaron: Luis Espinoza, Emiliano Monti, Sergio Picadia; Juan Storm, Nicolás Anduelo. Se lo atajaron a Alejandro Macía y lo tiró afuera Julián Funes.
Fuente: www.pampadeportiva.com
TODAS LAS SANCIONES DEL TORNEO DEL INTERIOR- LUEGOI DE FINALIZADA LA SEGUNDA RONDA
Partidos del 14/03/2010.-
JUGADOR LIGA CLUB SANCION ARTICULOS
ABELDAÑO, FRANCO TRELEW DEF. DE LA RIBERA 1 PART. 208
ACLUD, VICENTE CAFAYATE RIVADAVIA 1 PART. 207
AGUIRRE, RICARDO AÑATUYA CTRAL. ARGENTINO 2 PART. 200 INC. A 1
AHUMADA, LEANDRO ROSARIO ATENEO 2 PART. 200 INC. A 10
ALANIZ GUERRA, MARTIN GRAL. ALVEAR PACIFICO 1 PART. 207
ALVAREZ, GUSTAVO CIPOLLETTI SALTENSE 1 PART. 207
AMARILLA, HORACIO FORMOSA CHACRA 8 1 PART. 207
AMHESDT, SEBASTIAN ESPERANZA LIBERTAD 1 PART. 207
ARANZABAL, MIGUEL OLAVARRIA ESTUDIANTES 1 PART. 201 INC. B 1
ARRIETA, GUSTAVO SAN LUIS DEP. LA PUNTA 1 PART. 207
ARROCAIN, TOMAS CHIVILCOY INDEPENDIENTE 2 PART. 186 Y 260
BAJINAY, ALBERTO CHILECITO BUENAVENTURA 1 PART. 207
BALMACEDA, LUIS V. MERCEDES SP. MERCEDES 2 PART. 200 INC. A 1
BARRETO, NELSON VIEDMA N. NIYEO 2 PART. 200 INC. A 9
BARROS, GUSTAVO CATAMARCA SAN LORENZO 1 PART. 208
BAUTISTA, MIGUEL L. G. SAN MARTIN AT. EL POLO 3 PART 48 Y 186
BEJAR, SERGIO L. G. SAN MARTIN AT. EL POLO 2 PART. 186
BENITEZ, AYRTON OLAVARRIA ESTUDIANTES 4 PART. 185
BENITEZ, MATIAS E. BUSTOS DEP. CHILECITO 1 PART. 207
BIGURRA RENA, HORACIO RIO GRANDE REAL MADRID 1 PART. 201 INC. B 1
BLANCO, MARTIN MERCEDES AT. MERCEDES 2 PART. 200 INC. A 1
BUEL, RICARDO TARTAGAL U. MADEREROS 1 PART. 201 INC. B 4
CABRAL, PABLO CLORINDA 9 DE JULIO 1 PART. 205 INC. F
CABRERA, FEDERICO SAN NICOLAS ARGENTINO 1 PART. 208
CABRERA, RAMIRO (AUX) PERGAMINO ARGENTINO 1 PART. 186 Y 260
CACERES, EZIO ESQUINA SANTA RITA 1 PART. 207
CACERES, PABLO ROSARIO ATENEO 2 PART. 186
CALATAYU, JOSE L. G. SAN MARTIN AT. EL POLO 2 PART. 48 Y 287 INC. 5
CALVO, JUAN ELDORADO VICOV 2 PART. 186
CANESIN, ANIBAL IBARRETA LIBERTAD 1 PART. 207
CARABAJAL, AGUSTIN SALTA ATLAS 1 PART. 208
CARDOZO, NELSON L. G. SAN MARTIN TIRO Y GIMNASIA 2 PART. 200 INC. A 1
CARMONA, SEBASTIAN PDO. DE LA COSTA SOCIAL MAR DEL TUYU 1 PART. 201 INC. B 1
CASTELLI, LEANDRO CHASCOMUS JUV. UNIDA 2 PART. 200 INC. B
CASTILLO, RODOLFO FORMOSA DEFENSORES 1 PART. 208
COLLAZO, JUAN V. TUERTO J. NEWBERY 2 PART. 200 INC. A 1
COMBA, LAUREANO C. DE GOMEZ AT. CAMPAÑA 2 PART. 200 INC. A 1
DE LA VEGA, FERNANDO T. LAUQUEN AT. T. LAUQUEN 3 PART 186 y207
DIAZ, DIEGO SALTO COMPANIA GRAL. 2 PART. 186
DODORICO, HECTOR (AUX) V. MERCEDES ALIANZA 2 PART. 186 Y 260
DUTRUEL, HORACIO SAN NICOLAS REGATAS 1 PART. 201 INC. B 1
ESCOBAR, CLAUDIO ROSARIO ATENEO 1 PART. 207
FACCIUTO, CESAR TARTAGAL U. MADEREROS 1 PART. 201 INC. B 4
FALCON, JORGE ELDORADO MADO 2 PART. 200 INC. A 9
FALCON, MATIAS (AUX) V. CONSTITUCION A. S. A. C. 4 PART. 186 Y 260
FERRER, MARCELO SAN LUIS DEP. LA PUNTA 1 PART. 201 INC. B 1
FERREYRA, JOSE PERGAMINO ARGENTINO 2 PART. 200 INC. A 1
FIORELLI, CAMILO MERCEDES AT. MERCEDES 1 PART. 208
FLORES, RENE (DT) EL CARMEN MONTERRICO 2 PART. 186 Y 260
FOGONZA, RICARDO CHIVILCOY F. VARELA 1 PART. 201 INC. B 1
FRONTERA, THOMAS CHACABUCO 9 DE JULIO 1 PART. 207
GAGGERO, PABLO SGO. DEL ESTERO SARMIENTO 1 PART. 287 INC. 5
GALARZA, EDGARDO CONCORDIA LA BIANCA 1 PART. 207
GARBARINI, FEDERICO SANTA FE ARGENTINO 3 PART 48 Y 200 INC. A 1
GARCIA, JULIO RECONQUISTA RACING 4 PART. 185
GLORIOSO, NAHUEL BALCARCE RACING 1 PART. 207
GODOY, MARTIN V. MERCEDES SP. MERCEDES 1 PART. 207
GOMEZ, DARIO ELDORADO VICOV 1 PART. 201 INC. B 4
GOMEZ, GONZALO CATAMARCA VILLA CUBAS 2 PART. 200 INC. A 3
GOMEZ, JUAN (DT) V. VIEJO DEF. DE ESQUIU 2 PART. 186 Y 260
GOMEZ, RAUL TUNUYAN INDEPENDIENTE 2 PART. 200 INC. A 1
GOROSITO, HUGO ROSARIO ATENEO 2 PART. 186
3
GUGLIELMO, MAXIMILIANO CAMPANA LA FUEGUINA 1 PART. 208
HOFMANN, CRISTIAN RIO GALLEGOS FFCC YCF 1 PART. 207
HONARATO, RICARDO RESISTENCIA V. ALVEAR 1 PART. 201 INC. B 1
HONECKER, JORGE (DT) SALTA ATLAS 2 PART. 186 Y 260
IBAÑEZ, CARLOS ARIEL T. RIO HIONDO LOS DORADOS 1 PART. 207
IBAÑEZ, GUIDO POSADAS MITRE 1 PART. 207
IRUSTA, JUAN V. CONSTITUCION A. S. A. C. 2 PART. 48 Y 201 INC. A
ISAIA, ARIEL V. TUERTO J. NEWBERY 2 PART. 200 INC. A 1
IZQUIERDO, RODRIGO VIEDMA N. NIYEO 2 PART. 200 INC. A 1
JACQUIER, RODOLFO (DT) ESPERANZA LIBERTAD 2 PART. 186 Y 260
JAIME, CARLOS RIVADAVIA DEP. 3 ALGARROBOS 2 PART. 200 INC. A 11
JUAREZ, JUAN ROSARIO ATENEO 1 PART. 201 INC. B 1
LAGO, RODRIGO C. DE GOMEZ AT. CAMPAÑA 3 PART 48 Y 200 INC. A 1
LEBAN, ALBERTO LA PLATA CURUZU CUATIA 1 PART. 208
LEGUIZAMON, CARLOS TUCUMAN SAN FERNADO 1 PART. 201 INC. B 4
LEYES, JONATHAN V. MERCEDES ALIANZA 1 PART. 207
LILLO, DAVID CIPOLLETTI SALTENSE 2 PART. 200 INC. A 8
LOBO, SERGIO TUCUMAN DEP. AGUILARES 2 PART. 200 INC. A 1
LOPEZ, EUSTAQUIO SGO. DEL ESTERO SARMIENTO 1 PART. 207
LOPEZ, GUILLERMO C. DE GOMEZ AT. CAMPAÑA 2 PART. 200 INC. A 1
LOPEZ, MAURICIO FORMOSA SOL DE AMERICA 1 PART. 207
LOPEZ, RUBEN V. VIEJO DEF. DE ESQUIU 1 PART. 201 INC. B 4
LORETAN, HERMAN SANTA FE ARGENTINO 1 PART. 207
MARCOVECCHIONAKA, DARIO USHUAIA LOS ANDES 1 PART. 207
MARTINEZ, JULIO J. V. GONZALEZ SAN ANTONIO 2 PART. 200 INC. A 9
MARTINEZ, MARCOS SANTA FE ARGENTINO 1 PART. 207
MASLOVAR, DIEGO C. DE GOMEZ AT. CAMPAÑA 2 PART. 200 INC. A 1
MELLA, ALEXIS (AUX) CONCORDIA LA BIANCA 1 PART. 186 Y 260
MENDEZ, HECTOR NEUQUEN MARONESE 1 PART. 207
MENEGAZ, PEDRO CORRIENTES HUARCAN 1 PART. 207
MILOZZI, CRISTIAN CHIVILCOY INDEPENDIENTE 1 PART. 287 INC. 5
MIRANDA, ENRIQUE (DT) V. MERCEDES ALIANZA 2 PART. 186 Y 260
MUÑOZ, OSCAR V. MERCEDES SP. MERCEDES 4 PART. 185
NAVARRO, JORGE E. BUSTOS DEP. CHILECITO 2 PART. 200 INC. A 1
NICOLETTI, NAHUEL ROSARIO C. AGUIRRE 1 PART. 202 INC. B
NIETO, CRISTIAN C. RIVADAVIA J. NEWBERY 1 PART. 201 INC. B 4
NJKE TOUNTCHAP, CHRISTIAN SAN LUIS ESTUDIANTES 2 PART. 200 INC. A 8
NOVARA, ANDRES (DT) C. DE GOMEZ AT. CAMPAÑA 2 PART. 186 Y 260
OCAMPO, DIEGO ARMANDO CHILECITO LOS CHUYOS 1 PART. 207
OCAMPO, OSCAR CLORINDA 9 DE JULIO 1 PART. 205 INC. F
OGGIER, MARTIN ESPERANZA LIBERTAD 1 PART. 207
OJEDA, JUAN PABLO POSADAS MITRE 4 PART. 185
ORTEGA, JOSE (AUX) POSADAS MITRE 2 PART. 186 Y 260
ORZUZAR, LUIS RESISTENCIA R. CTRAL. 1 PART. 208
PARRILLO, MARIANO SALTO COMPANIA GRAL. 1 PART. 207
PAZ JONAS, NAHUEL TARTAGAL U. MADEREROS 1 PART. 201 INC. A
PINO, ROBERTO V. MERCEDES ALIANZA 4 PART. 185
POCHETTINO, CLAUDIO V. TUERTO J. NEWBERY 2 PART. 200 INC. A 1
PORTILLO, WALTER V. ANGELA DEP. COMERCIO 1 PART. 207
PREVITTI, JOSE (AUX) ROSARIO ATENEO 2 PART. 186 Y 260
PROPST, FEDERICO SANTA FE ARGENTINO 1 PART. 207
QUIÑONES, LUIS V. VIEJO M. MORENO 1 PART. 207
REGEIRO, GABINO MERCEDES AT. MERCEDES 1 PART. 207
ROBERTO, MATEO C. DE GOMEZ AT. CAMPAÑA 2 PART. 200 INC. A 1
RODRIGEZ, EXEQUIEL CERRILLOS CHICOANA 1 PART. 207
RODRIGUEZ, GERARDO SGO. DEL ESTERO SP. FERNANDEZ 2 PART. 200 INC. A 8
RODRIGUEZ, MIGUEL TUCUMAN SAN FERNADO 1 PART. 201 INC. A
RODRIGUEZ, MIGUEL (DT) CERRILLOS EL CARRIL 2 PART. 186 Y 260
RODRIGUEZ, PABLO ROSARIO C. AGUIRRE 1 PART. 207
ROJAS, BRUNO L. G. SAN MARTIN AT. EL POLO 2 PART. 186
ROJAS, CHRISTIAN TUCUMAN SAN FERNANDO 1 PART. 208
ROJAS, LUCIANO OLAVARRIA ESTUDIANTES 1 PART. 204
ROMERO, BRUNO SALTA ATLAS 1 PART. 207
ROMERO, HUGO TRELEW RACING 1 PART. 201 INC. B 4
ROMERO, JUAN SGO. DEL ESTERO SP. FERNANDEZ 1 PART. 207
RUGGERI, RICARDO CHACABUCO 9 DE JULIO 2 PART. 200 INC. A 2
RUIZ, EMILIANO AÑATUYA CTRAL. ARGENTINO 2 PART. 200 INC. A 1
SALVAGIO, ALBERTO (DT) CHIVILCOY INDEPENDIENTE 3 PART. 48, 186 Y 260
SANABRIA, JORGE L. G. SAN MARTIN TIRO Y GIMNASIA 1 PART. 207
4
SANTANA, RODOLFO CHACABUCO 9 DE JULIO 1 PART. 287 INC. 5
SANTILLAN, SEBASTIAN SALTA ATLAS 2 PART. 200 INC. A 3
SANTILLAN, VICTOR ORAN GRAL. PIZARRO 1 PART. 287 INC. 5
SCHEINEDER, MARCOS RIVADAVIA 3 ALGARROBOS 1 PART. 208
SILGUERO, LUIS CLORINDA 9 DE JULIO 2 PART. 200 INC. A 1
SILVEYRA, HECTOR POSADAS MITRE 1 PART. 201 INC. B 1
SOSA, AMERICO AÑATUYA INDEPENDIENTE 1 PART. 207
SOSA, CLAUDIO TUCUMAN DEP. AGUILARES 2 PART. 200 INC. A 1
SOSA, NESTOR (DT) T. RIO HIONDO LOS DORADOS 2 PART. 186 Y 260
STOPIELLO, GERMAN MERCEDES AT. MERCEDES 1 PART. 208
TELLO, RICARDO T. LAUQUEN AT. T. LAUQUEN 4 PART. 186 y 200 INC. A 1
TELONI, RODOLFO C. DE GOMEZ AT. CAMPAÑA 2 PART. 200 INC. A 1
TINTONELLI, AUGUSTO CHACABUCO 9 DE JULIO 1 PART. 287 INC. 5
TORRES, JOSE MACHAGAI UNION 1 PART. 207
TUMBESI, FACUNDO CHIVILCOY INDEPENDIENTE 2 PART. 200 INC. A 2
URBIETA, MIGDONIO PATROCINIO IBARRETA LIBERTAD 1 PART. 207
VENEGA, SANDRO V. OCAMPO OCAMPO FABRICA 2 PART. 186
VENTURINO, LEANDRO PDO. DE LA COSTA SOC. MAR DEL TUYU 1 PART. 208
VERO CHAMORRO, JORGE FORMOSA DEF. DE V. ROSARIO 1 PART. 207
VILTE, JOSE L. G. SAN MARTIN AT. EL POLO 2 PART. 186
ZAPATA, GABRIEL USHUAIA LOS ANDES 1 PART. 207
VISTAS:
PARTIDO Nº 24 - AGUILARES (TUCUMAN).-
PARTIDO Nº 24 - SAN LORENZO (CATAMARCA).-
PARTIDO Nº 28 - EL POLO (LIB. GRAL. SAN MARTIN)
PARTIDO Nº 40 - DEFENSORES (FORMOSA9
PARTIDO Nº 61 - A. S. A. C. (V. CONSTITUCION)
PARTIDO Nº 63 - GRAL. ROJO (SAN NICOLAS)
PARTIDO Nº 87 - SOC. LAVALLE (VIEDMA)
Buenos Aires, del 16/03/2010
EXPEDIENTE Nº 854/10 - TORNEO ARGENTINO “B” 2009/10
Buenos Aires, 17 de marzo de 2010.-
VISTO y CONSIDERANDO:
1°) Que el Tribunal al momento de resolver las inci dencias del partido
que disputaron Central Norte y Gimnasia y Tiro de Salta, el día 21 de
febrero de 2010, dejo pendiente de resolución la situación del jugador
Carlos Alberto Fretes ( ver punto 4° de fs 15.)
2°) Habiéndose observado el material fílmico acompa ñado como
prueba de descargo por el jugador, surge del mismo que la reacción o
protesta del jugador al árbitro fue exagerada y excesiva.
En esta valoración se encuentra en juego el principio de que en caso
de duda debe siempre favorecerse a la parte acusada. (art. 39 del
R.T.P.
3°) Que como lo reconoce el mismo jugador a fs 13, en su petitorio, la
conducta debe encuadrarse en el presupuesto normativo del artículo
186 del R.T.P. que establece un quantum punitivo de uno a cuatro
partidos.
Entiende el Tribunal que al momento de individualizar la pena a
imponer debe estarse a la suspensión del jugador por tres partidos.
(art. 32, 39 y 186 del R.T.P.).
5
Por ello el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior
RESUELVE:
1°) SANCIONAR CON TRES PARTIDOS DE SUSPENSIÓN AL
JUGADOR CARLOS ALBERTO FRETES DEL CLUB ATLÉTICO
CENTRAL NORTE DE SALTA (ART. 32, 33, 39 Y 186 DEL R.T.P.).
2°) PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE y ARCHÍVESE.
EXPEDIENTE Nº 865/10 – TORNEO ARGENTINO “A” 2009/10
Buenos Aires, 17 de marzo de 2010.-
VISTO y CONSIDERANDO:
1°) Que por boletín n° 13/10 dictado el día 11 de m arzo de 2010 por
este Tribunal el jugador Dante Martín Zúñiga fue sancionado con tres
(3) partidos de suspensión por aplicación de lo normado en el artículo
201 “b” 4 y 48 A 1 del R.T.P.
2°) Que se presenta el Club Rivadavia de Lincoln in dicando que de
acuerdo a los controles que ellos realizan el jugador no registraba
expulsiones anteriores que lo reputara reincidente.
3°) Que, sin perjuicio que la presentación no la hi zo el afectado
directo al club le asiste el derecho de reclamar para poder disponer
del jugador.
La presentación debe ser encuadrada en el presupuesto normativo
del art. 40 del R.T.P. como reconsideración del fallo.
En este sentido y luego de compulsar los registros de este Tribunal
asiste razón al Club Rivadavia de Lincoln, pues el jugador Dante
Martín Zúñiga es reiterante en amonestaciones más no registra
sanciones de expulsión que lo conviertan en reincidente y tal
calificación se debió a un error de cómputos.
4°) Que haciendo lugar a la queja debe deducírsele un (1) partido de la
sanción de tres (3) impuesta por no revestir la condición de
reincidente como ya fuera dicho.
Por ello el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior
RESUELVE:
1°) RECONSIDERAR LA SANCIÓN IMPUESTA AL JUGADOR DAN TE
MARTÍN ZÚÑIGA IMPUESTA POR BOLETIN 13/10 DEL 11/03/10,
DEDUCIÉNDOLE UN PARTIDO A LOS TRES IMPUESTOS.- (Art. 40 del
R.T.P.).
2°) DECRETAR QUE EL JUGADOR DANTE MARTÍN ZÚÑIGA DEB E
CUMPLIR LA SANCIÓN DE DOS PARTIDOS EN LUGAR DE TRES
COMO FUERA PUBLICADO EL 11/03/2010. (Art. 32, 40, 201 “b” 4 todos
DEL R.T.P.).
3°) PÚBLIQUESE, NOTIFÍQUESE y ARCHÍVESE.
EXPEDIENTE Nº 878/10 – TORNEO ARGENTINO “B” 2009/10
Buenos Aires, 16 de marzo de 2010.-
VISTO
El reclamo efectuado por la terna arbitral que actuó el 14/03/2010 en el
encuentro disputado entre los clubes Trinidad (San Juan) y su similar de Alianza (San
Juan), mediante el cual da cuenta a este Organismo que no percibió por parte del Club
Trinidad la suma de $ 1.500,00; y,
6
CONSIDERANDO
Que, el art. 34° del Reglamento del Certamen estab lece claramente el
mecanismo a seguir de no efectuarse el pago en cuestión;
Que, habiendo transcurrido el plazo establecido de 72 horas de disputado el
encuentro, y no habiéndose efectuado el pago por parte del Club “LOCAL”, corresponde
correr traslado al mismo, HASTA LAS 20,30 HORAS DEL QUINTO DIA HABIL
INMEDIATO SIGUIENTE AL DE DISPUTADO EL ENCUENTRO QUE ORIGINO LA
DEUDA, para que proceda a cancelar la suma adeudada a la terna arbitral ante las
respectivas Ligas, debiendo dar cuenta en forma simultánea a este Organismo, dentro
del plazo señalado precedentemente;
Que, en tal sentido corresponde dejar establecido que al no concretarse la
cancelación de la deuda, dentro del término aludido, la institución deudora quedará
automáticamente “SUSPENDIDA EN FORMA PROVISIONAL”, con la aplicación de las
previsiones establecidas en el art. 118° del Reglam ento de Transgresiones y Penas;
Que, atento a ello este Tribunal de Disciplina:
R E S U E L V E
1°) - INTIMAR al Club Trinidad (San Juan), HASTA LAS 20,30 HORAS DEL
19/03/2010 (Art. 34° del Reglamento del Certamen), para que p roceda a dar cuenta, en
forma fehaciente ante este Organismo, de haber cancelado en su totalidad la suma de $
1.500,00 que le adeuda a la terna arbitral actuante en el encuentro que disputó el
14/03/2010 con Alianza.-
2°) - Transcurrido el plazo señalado en el art. 1° y de no verificarse la cancelación total
de la deuda reclamada, el Club Trinidad, quedará AUTOMATICAMENTE
SUSPENDIDO EN FORMA PROVISIONAL, debiendo disputar los encuentros
programados con el consecuente descuento de TRES (3) PUNTOS por cada fecha
comprendida en el término de la suspensión y demás previsiones, de conformidad con
lo establecido en el art. 118° del Reglamento de Tr ansgresiones y Penas.
3)° - Dejar aclarado que la sanción aplicada en el artículo precedente será
automáticamente levantada por este Organismo al momento del efectivo cumplimiento
(remisión del pago a la Liga a la que pertenecen los árbitros involucrados); y,
simultáneamente la remisión a este Organismo de la documentación respaldatoria de
haber efectuado el pago motivo del reclamo.
4)º - Comuníquese; publíquese; y, manténgase en Secretaría a sus efectos.
EXPEDIENTE Nº 879/10 – TORNEO ARGENTINO “B” 2009/10
Buenos Aires, 2 de marzo de 2010.-
VISTO
El reclamo efectuado por la terna arbitral que actuó el 14/03/2010 en el
encuentro disputado entre los clubes Lujan de Cuyo (Mendoza) y su similar de Unión
(San Juan), mediante el cual da cuenta a este Organismo que no percibió por parte del
Club Lujan de Cuyo la suma de $ 3.165,00; y,
CONSIDERANDO
Que, el art. 34° del Reglamento del Certamen estab lece claramente el
mecanismo a seguir de no efectuarse el pago en cuestión;
Que, habiendo transcurrido el plazo establecido de 72 horas de disputado el
encuentro, y no habiéndose efectuado el pago por parte del Club “LOCAL”, corresponde
correr traslado al mismo, HASTA LAS 20,30 HORAS DEL QUINTO DIA HABIL
INMEDIATO SIGUIENTE AL DE DISPUTADO EL ENCUENTRO QUE ORIGINO LA
DEUDA, para que proceda a cancelar la suma adeudada a la terna arbitral ante las
respectivas Ligas, debiendo dar cuenta en forma simultánea a este Organismo, dentro
del plazo señalado precedentemente;
7
Que, en tal sentido corresponde dejar establecido que al no concretarse la
cancelación de la deuda, dentro del término aludido, la institución deudora quedará
automáticamente “SUSPENDIDA EN FORMA PROVISIONAL”, con la aplicación de las
previsiones establecidas en el art. 118° del Reglam ento de Transgresiones y Penas;
Que, atento a ello este Tribunal de Disciplina:
R E S U E L V E
1°) - INTIMAR al Club Lujan de Cuyo (Mendoza), HASTA LAS 20,30 HORAS DEL
19/03/2010 (Art. 34° del Reglamento del Certamen), para que p roceda a dar cuenta, en
forma fehaciente ante este Organismo, de haber cancelado en su totalidad la suma de $
3.165,00 que le adeuda a la terna arbitral actuante en el encuentro que disputó el
14/03/2010 con Unión.-
2°) - Transcurrido el plazo señalado en el art. 1° y de no verificarse la cancelación total
de la deuda reclamada, el Club Lujan de Cuyo, quedará AUTOMATICAMENTE
SUSPENDIDO EN FORMA PROVISIONAL, debiendo disputar los encuentros
programados con el consecuente descuento de TRES (3) PUNTOS por cada fecha
comprendida en el término de la suspensión y demás previsiones, de conformidad con
lo establecido en el art. 118° del Reglamento de Tr ansgresiones y Penas.
3º) - Dejar aclarado que la sanción aplicada en el artículo precedente será
automáticamente levantada por este Organismo al momento del efectivo cumplimiento
(remisión del pago a la Liga a la que pertenecen los árbitros involucrados); y,
simultáneamente la remisión a este Organismo de la documentación respaldatoria de
haber efectuado el pago motivo del reclamo.
4º) - Comuníquese; publíquese; y, manténgase en Secretaría a sus efectos.
EXPEDIENTE Nº 880/10 – TORNEO DEL INTERIOR 2010
Buenos Aires, 16 de marzo de 2010.-
VISTO
El reclamo efectuado por la terna arbitral que actuó el 13/03/2010 en el
encuentro disputado entre los clubes Sp. Guzmán (Tucumán) y su similar de San
Antonio (Belen), mediante el cual da cuenta a este Organismo que no percibió por parte
del Club Sp. Guzmán la suma de $ 720,00; y,
CONSIDERANDO
Que, el art. 34° del Reglamento del Certamen estab lece claramente el
mecanismo a seguir de no efectuarse el pago en cuestión;
Que, habiendo transcurrido el plazo establecido de 72 horas de disputado el
encuentro, y no habiéndose efectuado el pago por parte del Club “LOCAL”, corresponde
correr traslado al mismo, HASTA LAS 20,30 HORAS DEL QUINTO DIA HABIL
INMEDIATO SIGUIENTE AL DE DISPUTADO EL ENCUENTRO QUE ORIGINO LA
DEUDA, para que proceda a cancelar la suma adeudada a la terna arbitral ante las
respectivas Ligas, debiendo dar cuenta en forma simultánea a este Organismo, dentro
del plazo señalado precedentemente;
Que, en tal sentido corresponde dejar establecido que al no concretarse la
cancelación de la deuda, dentro del término aludido, la institución deudora quedará
automáticamente “SUSPENDIDA EN FORMA PROVISIONAL”, con la aplicación de las
previsiones establecidas en el art. 118° del Reglam ento de Transgresiones y Penas;
Que, atento a ello este Tribunal de Disciplina:
R E S U E L V E
1°) - INTIMAR al Club Sp. Guzmán (Tucumán), HASTA LAS 20,30 HORAS DEL
19/03/2010 (Art. 34° del Reglamento del Certamen), para que p roceda a dar cuenta, en
forma fehaciente ante este Organismo, de haber cancelado en su totalidad la suma de $
720,00 que le adeuda a la terna arbitral actuante en el encuentro que disputó el
13/03/2010 con San Antonio.-
8
2°) - Transcurrido el plazo señalado en el art. 1° y de no verificarse la cancelación total
de la deuda reclamada, el Club Sp. Guzmán, quedará AUTOMATICAMENTE
SUSPENDIDO EN FORMA PROVISIONAL, debiendo disputar los encuentros
programados con el consecuente descuento de TRES (3) PUNTOS por cada fecha
comprendida en el término de la suspensión y demás previsiones, de conformidad con
lo establecido en el art. 118° del Reglamento de Tr ansgresiones y Penas.
3)° - Dejar aclarado que la sanción aplicada en el artículo precedente será
automáticamente levantada por este Organismo al momento del efectivo cumplimiento
(remisión del pago a la Liga a la que pertenecen los árbitros involucrados); y,
simultáneamente la remisión a este Organismo de la documentación respaldatoria de
haber efectuado el pago motivo del reclamo.
4)º - Comuníquese; publíquese; y, manténgase en Secretaría a sus efectos.
EXPEDIENTE Nº 881/10 – TORNEO ARGENTINO “B” 2009/10
Buenos Aires, 16 de marzo de 2010.-
VISTO
El reclamo efectuado por la terna arbitral que actuó el 13/03/2010 en el
encuentro disputado entre los clubes At. Policial (Catamarca) y su similar de Tiro
Federal (San Francisco), mediante el cual da cuenta a este Organismo que no percibió
por parte del Club At. Policial la suma de $ 1.500,00; y,
CONSIDERANDO
Que, el art. 34° del Reglamento del Certamen estab lece claramente el
mecanismo a seguir de no efectuarse el pago en cuestión;
Que, habiendo transcurrido el plazo establecido de 72 horas de disputado el
encuentro, y no habiéndose efectuado el pago por parte del Club “LOCAL”, corresponde
correr traslado al mismo, HASTA LAS 20,30 HORAS DEL QUINTO DIA HABIL
INMEDIATO SIGUIENTE AL DE DISPUTADO EL ENCUENTRO QUE ORIGINO LA
DEUDA, para que proceda a cancelar la suma adeudada a la terna arbitral ante las
respectivas Ligas, debiendo dar cuenta en forma simultánea a este Organismo, dentro
del plazo señalado precedentemente;
Que, en tal sentido corresponde dejar establecido que al no concretarse la
cancelación de la deuda, dentro del término aludido, la institución deudora quedará
automáticamente “SUSPENDIDA EN FORMA PROVISIONAL”, con la aplicación de las
previsiones establecidas en el art. 118° del Reglam ento de Transgresiones y Penas;
Que, atento a ello este Tribunal de Disciplina:
R E S U E L V E
1°) - INTIMAR al Club At. Policial (Catamarca), HASTA LAS 20,30 HORAS DEL
19/03/2010 (Art. 34° del Reglamento del Certamen), para que p roceda a dar cuenta, en
forma fehaciente ante este Organismo, de haber cancelado en su totalidad la suma de $
1.500,00 que le adeuda a la terna arbitral actuante en el encuentro que disputó el
13/03/2010 con Tiro Federal.-
2°) - Transcurrido el plazo señalado en el art. 1° y de no verificarse la cancelación total
de la deuda reclamada, el Club At. Policial, quedará AUTOMATICAMENTE
SUSPENDIDO EN FORMA PROVISIONAL, debiendo disputar los encuentros
programados con el consecuente descuento de TRES (3) PUNTOS por cada fecha
comprendida en el término de la suspensión y demás previsiones, de conformidad con
lo establecido en el art. 118° del Reglamento de Tr ansgresiones y Penas.
3)° - Dejar aclarado que la sanción aplicada en el artículo precedente será
automáticamente levantada por este Organismo al momento del efectivo cumplimiento
(remisión del pago a la Liga a la que pertenecen los árbitros involucrados); y,
simultáneamente la remisión a este Organismo de la documentación respaldatoria de
haber efectuado el pago motivo del reclamo.
4º) - Comuníquese; publíquese; y, manténgase en Secretaría a sus efectos.
9
EXPEDIENTE Nº 882/10 – TORNEO DEL INTERIOR 2010
Partido del 14/ 03/10 Buena Parada (Rio Colorado) Vs. FFCC Oeste (Gral.
Pico).-
Buenos Aires, 15 de marzo de 2010.-
VISTO Y CONSIDERANDO
Que, por recibido informe del señor Presidente Ejecutivo del Consejo
Federal y surgiendo de la planilla del partido que el árbitro ha hecho jugar
un alargue suplementario no previsto en el Reglamento del Torneo del
Interior.-
Esto es así pues, en caso de igualdad de puntos y en diferencia de goles la
definición debió ser por tiro desde el punto penal y no como lo indico e hizo
jugar el árbitro (Art. 15 punto 3 del Reglamento del Torneo del Interior
2010).-
Que por tal motivo, corresponde declarar nulo el suplemento del partido
que disputaron los primeros equipo de Buena Parada (Río Colorado) y su
similar de Ferrocarril Oeste de General Pico.-
Que, en virtud de lo citado en el considerando anterior se declara
interrumpido el mismo a los cincuenta (50) minutos del segundo tiempo,
restando la definición de la serie.-
Sin perjuicio de la publicación remítase copia urgente al señor Presidente
del Consejo Federal del Fútbol Argentino, para que se arbitren los medios
para que lo aquí se ordena sea ejecutado con preferencia al desarrollo
(arts. 32 y 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas y art. 15 punto 3
del Reglamento del Certamen).-
Por ello, el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior:
RESUELVE
1º) Declarar nulo, de nulidad absoluta, el suplemento hecho disputar por el
árbitro entre los equipos de Buena Parada de Río Colorado y su similar de
Ferrocarril Oeste de General Pico, por la transgresión a los Arts. 15. Puntos
1, 2, y 3 del Reglamento del Torneo del Interior 2010, y como consecuencia
interrumpido el mismo a los cincuenta (50) minutos del segundo tiempo.-
2º) Disponer que se ejecuten tiros desde el punto penal (arts. 32, 33
Reglamento de Transgresiones y Penas; art. 15 punto 3 del Reglamento
del Torneo del Interior).-
3º) Gírese la presente resolución al Consejo Federal a los fines de la
programación conforme a lo dispuesto en el articulo anterior.-
4º) Notifíquese, vía FAX, a los clubes involucrados por conducto de sus
respectivas Ligas y copias al señor Presidente Ejecutivo del Consejo
Federal y al Colegio de Árbitros a los fines que correspondan.-
EXPEDIENTE Nº 883/10 – TORNEO DEL INTERIOR 2010
10
Partido del 14/03/10 – Dep. 9 de Julio (Clorinda) Vs. Defensores (Formosa)
Buenos Aires, 17 de marzo de 2010.
VISTO y CONSIDERANDO:
1°) El árbitro del partido que disputaron los clube s Deportivo 9 de
Julio de Clorinda y Defensores de Rosario de Formosa, el día 14 de
marzo de 2010 por el Torneo del Interior, informó al Tribunal que “…a
los 85 minutos del encuentro se produjo incidentes en la tribuna
visitante donde repelian mediante objetos contundentes (trozos de
ladrillos) a simpatizantes locales que se encontraban fuera del
estadio….Dicha parcialidad visitante también comenzó a arrojar
objeto a contundentes (trozos de ladrillos) hacia adentro del campo
de juego motivo que produce la reacción de los jugadores
locales….Atento toda esta situación tome la decisión de suspender
definitivamente el encuentro ya que no estaban dadas las garantías
debido al incidente generalizado que se había ocacionado y que el
personal policial no podía controlar cuando transcurrían 88 minutos
del encuentro..”
2°) Que el Tribunal dio traslado del informe acusat orio al club
Defensores de Rosario por conducto de la Liga Formoseña de Fútbol,
para que ejerza su derecho de defenderse conforme lo establece el
art. 7 del R.T.P.
El Club imputado manifiesta que los incidentes se produjeron por el
mal accionar policial. Es que los organizadores, al momento de
marcar su equipo el cuarto gol, procedieron los organizadores, a la
apertura de las puertas del Estadio y por allí comenzó a retirarse la
hinchada local que, desde el exterior, agredió con piedras a la
parcialidad visitante y algunos de esos proyectiles fueron a dar al
campo de juego.
Agregan que fueron agredidos y debieron permanecer dentro del
Estadio por un largo tiempo; que, además, dañaron el micro y los
vehículos de sus simpatizantes.
3°) El artículo 80 del Reglamento de Transgresiones y Penas establece
que se sancionará con multa al club cuya parcialidad o público
partidario ubicado en sectores asignados, promuevan desórdenes
(letra “a”), arrojen por cualquier clase de proyectiles (letra “b”).
Que el partido fue suspendido a los 88 minutos de juego y atento a las
particulares circunstancias del caso y el resultado que se registraba
debe darse por concluido.
Por ello el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior
RESUELVE:
1°) DAR POR CONCLUIDO EL PARTIDO QUE DISPUTABAN EL 14 de
marzo de 2010 CLUB 9 DE JULIO y DEFENSORES DE ROSARIO POR
EL TORNEO DEL INTERIOR 2010 (ART. 32 DEL R.T.P.)
2°) REGISTRAR EL SIGUIENTE RESULTADO: 9 DE JULIO 1-
DEFENSORES DE ROSARIO 4 (ART. 32 DEL R.T.P.).
3°) SANCIONAR AL CLUB DEFENSORES DE ROSARIO CON MUL TA
DE CINCUENTA (50) ENTRADAS POR DOS FECHAS (2) LAS QUE SE
DEJAN EN SUSPENSO (ARTS. 63-INC. b- y 80 DEL R.T.P.).
4°) PÚBLIQUESE, NOTIFÍQUESE y ARCHÍVESE.
11
EXPEDIENTE Nº 884/10 – TORNEO DEL INTERIOR 2010
Partido del 14/03/10 – Monterrico (El Carmen) Vs. El Polo (Lib. Gral. San
Martín).-
Buenos Aires, 17 de marzo de 2010.-
VISTO y CONSIDERANDO:
1°) El árbitro del partido que disputaron el Club M onterrico de San
Vicente y Atlético El Polo, Edgar Segovia, informó al Tribunal que
“..Partido suspendido a los 39´ del seg tiempo por quedar el club El
Polo con inferioridad numérica…” en el dorso del informe del partido
figuran como expulsados los jugadores del Club Atlético El Polo: (1)
Bejar, Sergio R, DNI. 28.105.060;(2) Calatayo, José, DNI. 25.776.447; (3)
Vilte, José, DNI. 28.621.999; (4) Rojas, Bruno DNI 34.355.109 y (5)
Bautista, Miguel DNI. 30.689.997..” (sic).
2°) Que el Tribunal resolvió dar traslado de la inf racción denunciada
por el árbitro al Club Atlético El Polo, por conducto de la Liga
Regional Jujeña de Fútbol y para que ejerciera su derecho de defensa
(art. 7 del R.T.P.).
3°) El Club Atlético El Polo no ha presentado desca rgo hasta el
presente.
4°) Es criterio del Tribunal que los informes arbit rales constituyen
semiplena prueba de lo que ellos contiene, y que sólo mediante el
aporte de prueba en contrario puede desacreditarse el valor indicado.
Que surge en forma notoria compulsando la planilla de expulsados,
que con los cinco jugadores expulsados al Club Atlético El Polo éste
quedó en inferioridad numérica. (Art. 106 “e”).
El artículo 106, letra “e”, del Reglamento de Transgresiones y Penas
establece la pérdida de partido cuando el árbitro deba suspenderlo al
quedar un equipo en inferioridad numérica, esto es con menos de
siete jugadores en el campo de juego.
Deberá registrarse el resultado de conformidad a lo que establece el
art. 152 del R.T.P.; en este caso Club Monterrico de San Vicente 3-
Atlético El Polo 0-
Por ello el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior
RESUELVE:
1°) SANCIONAR CON LA PÉRDIDA DEL PARTIDO QUE DISPUT ABAN
EL CLUB MONTERRICO y EL CLUB ATLÉTICO EL POLO EL DÍA 14 DE
MARZO DEL CORRIENTE AÑO AL CLUB ATLÉTICO EL POLO (ART.
32, 106 LETRA “e” DEL R.T.P.)-
2°) REGISTRAR EL SIGUIENTE RESULTADO: CLUB MONTERRI CO DE
SAN VICENTE 3- ATLÉTICO EL POLO 0 (ART. 32 y 152 DEL R.T.P.).
3°) PÚBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE y ARCHÍVESE.
EXPEDIENTE Nº 883/10 – TORNEO DEL INTERIOR 2010
Buenos Aires, 17 de marzo de 2010.-
VISTO y CONSIDERANDO:
12
1°) El Club Sportivo Gral. Belgrano de Rosario de l a Frontera, se
presenta ante el Tribunal con documentación enviada vía fax,
solicitando se le adjudiquen los puntos del partido que disputó 14 de
marzo con el Club S. y Dep. Atlas de la Liga Salteña de Fútbol.
Al momento de resolver la presentación el quejoso no ha aportado
documentación en original que acredite la titularidad de los derechos
que le fueron, supuestamente, agraviados.
2°) Que los artículos 70 y 71 del Reglamento del To rneo del Interior,
establecen palmariamente que la documentación debe obrar en poder
el Tribunal antes de las 18 horas del tercer día hábil siguiente al de la
disputa del encuentro. Ello no ha ocurrido, por lo cual la pretensión
debe ser rechazada.
Por ello el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior
RESUELVE:
1°) RECHAZAR LA PRESENTACIÓN REALIZADA POR EL CLUB
SPORTIVO BELGRANO DE ROSARIO DE LA FRONTERA POR NO
OBRAR EN PODER EL TRIBUNAL LOS ANTECEDENTES, EN
ORIGINAL, QUE ACREDITEN LA TITULARIDAD DEL DERECHO
SUPUESTAMENTE AGRAVIADO Y EL DEPÓSITO DEL DERECHO DE
PROTESTA. (ARTS. 70 y 71 DEL REGLAMENTO DEL TORNEO DEL
INTERIOR).
2°) NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE y VUELVA LA CAUSA A DES PACHO.
MIEMBROS, PRESENTES: Esc. Carlos E. De Giacomi; Dr. Miguel Rossi y Dr.
Roberto Torti Y Sr. Juan Guerra.-
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GODOY, MARTIN V. MERCEDES SP. MERCEDES 1 PART. 207
GOMEZ, DARIO ELDORADO VICOV 1 PART. 201 INC. B 4
GOMEZ, GONZALO CATAMARCA VILLA CUBAS 2 PART. 200 INC. A 3
GOMEZ, JUAN (DT) V. VIEJO DEF. DE ESQUIU 2 PART. 186 Y 260
GOMEZ, RAUL TUNUYAN INDEPENDIENTE 2 PART. 200 INC. A 1
GOROSITO, HUGO ROSARIO ATENEO 2 PART. 186
3
GUGLIELMO, MAXIMILIANO CAMPANA LA FUEGUINA 1 PART. 208
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HONECKER, JORGE (DT) SALTA ATLAS 2 PART. 186 Y 260
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LEBAN, ALBERTO LA PLATA CURUZU CUATIA 1 PART. 208
LEGUIZAMON, CARLOS TUCUMAN SAN FERNADO 1 PART. 201 INC. B 4
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LOPEZ, EUSTAQUIO SGO. DEL ESTERO SARMIENTO 1 PART. 207
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LOPEZ, MAURICIO FORMOSA SOL DE AMERICA 1 PART. 207
LOPEZ, RUBEN V. VIEJO DEF. DE ESQUIU 1 PART. 201 INC. B 4
LORETAN, HERMAN SANTA FE ARGENTINO 1 PART. 207
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MARTINEZ, JULIO J. V. GONZALEZ SAN ANTONIO 2 PART. 200 INC. A 9
MARTINEZ, MARCOS SANTA FE ARGENTINO 1 PART. 207
MASLOVAR, DIEGO C. DE GOMEZ AT. CAMPAÑA 2 PART. 200 INC. A 1
MELLA, ALEXIS (AUX) CONCORDIA LA BIANCA 1 PART. 186 Y 260
MENDEZ, HECTOR NEUQUEN MARONESE 1 PART. 207
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MIRANDA, ENRIQUE (DT) V. MERCEDES ALIANZA 2 PART. 186 Y 260
MUÑOZ, OSCAR V. MERCEDES SP. MERCEDES 4 PART. 185
NAVARRO, JORGE E. BUSTOS DEP. CHILECITO 2 PART. 200 INC. A 1
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OGGIER, MARTIN ESPERANZA LIBERTAD 1 PART. 207
OJEDA, JUAN PABLO POSADAS MITRE 4 PART. 185
ORTEGA, JOSE (AUX) POSADAS MITRE 2 PART. 186 Y 260
ORZUZAR, LUIS RESISTENCIA R. CTRAL. 1 PART. 208
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PINO, ROBERTO V. MERCEDES ALIANZA 4 PART. 185
POCHETTINO, CLAUDIO V. TUERTO J. NEWBERY 2 PART. 200 INC. A 1
PORTILLO, WALTER V. ANGELA DEP. COMERCIO 1 PART. 207
PREVITTI, JOSE (AUX) ROSARIO ATENEO 2 PART. 186 Y 260
PROPST, FEDERICO SANTA FE ARGENTINO 1 PART. 207
QUIÑONES, LUIS V. VIEJO M. MORENO 1 PART. 207
REGEIRO, GABINO MERCEDES AT. MERCEDES 1 PART. 207
ROBERTO, MATEO C. DE GOMEZ AT. CAMPAÑA 2 PART. 200 INC. A 1
RODRIGEZ, EXEQUIEL CERRILLOS CHICOANA 1 PART. 207
RODRIGUEZ, GERARDO SGO. DEL ESTERO SP. FERNANDEZ 2 PART. 200 INC. A 8
RODRIGUEZ, MIGUEL TUCUMAN SAN FERNADO 1 PART. 201 INC. A
RODRIGUEZ, MIGUEL (DT) CERRILLOS EL CARRIL 2 PART. 186 Y 260
RODRIGUEZ, PABLO ROSARIO C. AGUIRRE 1 PART. 207
ROJAS, BRUNO L. G. SAN MARTIN AT. EL POLO 2 PART. 186
ROJAS, CHRISTIAN TUCUMAN SAN FERNANDO 1 PART. 208
ROJAS, LUCIANO OLAVARRIA ESTUDIANTES 1 PART. 204
ROMERO, BRUNO SALTA ATLAS 1 PART. 207
ROMERO, HUGO TRELEW RACING 1 PART. 201 INC. B 4
ROMERO, JUAN SGO. DEL ESTERO SP. FERNANDEZ 1 PART. 207
RUGGERI, RICARDO CHACABUCO 9 DE JULIO 2 PART. 200 INC. A 2
RUIZ, EMILIANO AÑATUYA CTRAL. ARGENTINO 2 PART. 200 INC. A 1
SALVAGIO, ALBERTO (DT) CHIVILCOY INDEPENDIENTE 3 PART. 48, 186 Y 260
SANABRIA, JORGE L. G. SAN MARTIN TIRO Y GIMNASIA 1 PART. 207
4
SANTANA, RODOLFO CHACABUCO 9 DE JULIO 1 PART. 287 INC. 5
SANTILLAN, SEBASTIAN SALTA ATLAS 2 PART. 200 INC. A 3
SANTILLAN, VICTOR ORAN GRAL. PIZARRO 1 PART. 287 INC. 5
SCHEINEDER, MARCOS RIVADAVIA 3 ALGARROBOS 1 PART. 208
SILGUERO, LUIS CLORINDA 9 DE JULIO 2 PART. 200 INC. A 1
SILVEYRA, HECTOR POSADAS MITRE 1 PART. 201 INC. B 1
SOSA, AMERICO AÑATUYA INDEPENDIENTE 1 PART. 207
SOSA, CLAUDIO TUCUMAN DEP. AGUILARES 2 PART. 200 INC. A 1
SOSA, NESTOR (DT) T. RIO HIONDO LOS DORADOS 2 PART. 186 Y 260
STOPIELLO, GERMAN MERCEDES AT. MERCEDES 1 PART. 208
TELLO, RICARDO T. LAUQUEN AT. T. LAUQUEN 4 PART. 186 y 200 INC. A 1
TELONI, RODOLFO C. DE GOMEZ AT. CAMPAÑA 2 PART. 200 INC. A 1
TINTONELLI, AUGUSTO CHACABUCO 9 DE JULIO 1 PART. 287 INC. 5
TORRES, JOSE MACHAGAI UNION 1 PART. 207
TUMBESI, FACUNDO CHIVILCOY INDEPENDIENTE 2 PART. 200 INC. A 2
URBIETA, MIGDONIO PATROCINIO IBARRETA LIBERTAD 1 PART. 207
VENEGA, SANDRO V. OCAMPO OCAMPO FABRICA 2 PART. 186
VENTURINO, LEANDRO PDO. DE LA COSTA SOC. MAR DEL TUYU 1 PART. 208
VERO CHAMORRO, JORGE FORMOSA DEF. DE V. ROSARIO 1 PART. 207
VILTE, JOSE L. G. SAN MARTIN AT. EL POLO 2 PART. 186
ZAPATA, GABRIEL USHUAIA LOS ANDES 1 PART. 207
VISTAS:
PARTIDO Nº 24 - AGUILARES (TUCUMAN).-
PARTIDO Nº 24 - SAN LORENZO (CATAMARCA).-
PARTIDO Nº 28 - EL POLO (LIB. GRAL. SAN MARTIN)
PARTIDO Nº 40 - DEFENSORES (FORMOSA9
PARTIDO Nº 61 - A. S. A. C. (V. CONSTITUCION)
PARTIDO Nº 63 - GRAL. ROJO (SAN NICOLAS)
PARTIDO Nº 87 - SOC. LAVALLE (VIEDMA)
Buenos Aires, del 16/03/2010
EXPEDIENTE Nº 854/10 - TORNEO ARGENTINO “B” 2009/10
Buenos Aires, 17 de marzo de 2010.-
VISTO y CONSIDERANDO:
1°) Que el Tribunal al momento de resolver las inci dencias del partido
que disputaron Central Norte y Gimnasia y Tiro de Salta, el día 21 de
febrero de 2010, dejo pendiente de resolución la situación del jugador
Carlos Alberto Fretes ( ver punto 4° de fs 15.)
2°) Habiéndose observado el material fílmico acompa ñado como
prueba de descargo por el jugador, surge del mismo que la reacción o
protesta del jugador al árbitro fue exagerada y excesiva.
En esta valoración se encuentra en juego el principio de que en caso
de duda debe siempre favorecerse a la parte acusada. (art. 39 del
R.T.P.
3°) Que como lo reconoce el mismo jugador a fs 13, en su petitorio, la
conducta debe encuadrarse en el presupuesto normativo del artículo
186 del R.T.P. que establece un quantum punitivo de uno a cuatro
partidos.
Entiende el Tribunal que al momento de individualizar la pena a
imponer debe estarse a la suspensión del jugador por tres partidos.
(art. 32, 39 y 186 del R.T.P.).
5
Por ello el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior
RESUELVE:
1°) SANCIONAR CON TRES PARTIDOS DE SUSPENSIÓN AL
JUGADOR CARLOS ALBERTO FRETES DEL CLUB ATLÉTICO
CENTRAL NORTE DE SALTA (ART. 32, 33, 39 Y 186 DEL R.T.P.).
2°) PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE y ARCHÍVESE.
EXPEDIENTE Nº 865/10 – TORNEO ARGENTINO “A” 2009/10
Buenos Aires, 17 de marzo de 2010.-
VISTO y CONSIDERANDO:
1°) Que por boletín n° 13/10 dictado el día 11 de m arzo de 2010 por
este Tribunal el jugador Dante Martín Zúñiga fue sancionado con tres
(3) partidos de suspensión por aplicación de lo normado en el artículo
201 “b” 4 y 48 A 1 del R.T.P.
2°) Que se presenta el Club Rivadavia de Lincoln in dicando que de
acuerdo a los controles que ellos realizan el jugador no registraba
expulsiones anteriores que lo reputara reincidente.
3°) Que, sin perjuicio que la presentación no la hi zo el afectado
directo al club le asiste el derecho de reclamar para poder disponer
del jugador.
La presentación debe ser encuadrada en el presupuesto normativo
del art. 40 del R.T.P. como reconsideración del fallo.
En este sentido y luego de compulsar los registros de este Tribunal
asiste razón al Club Rivadavia de Lincoln, pues el jugador Dante
Martín Zúñiga es reiterante en amonestaciones más no registra
sanciones de expulsión que lo conviertan en reincidente y tal
calificación se debió a un error de cómputos.
4°) Que haciendo lugar a la queja debe deducírsele un (1) partido de la
sanción de tres (3) impuesta por no revestir la condición de
reincidente como ya fuera dicho.
Por ello el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior
RESUELVE:
1°) RECONSIDERAR LA SANCIÓN IMPUESTA AL JUGADOR DAN TE
MARTÍN ZÚÑIGA IMPUESTA POR BOLETIN 13/10 DEL 11/03/10,
DEDUCIÉNDOLE UN PARTIDO A LOS TRES IMPUESTOS.- (Art. 40 del
R.T.P.).
2°) DECRETAR QUE EL JUGADOR DANTE MARTÍN ZÚÑIGA DEB E
CUMPLIR LA SANCIÓN DE DOS PARTIDOS EN LUGAR DE TRES
COMO FUERA PUBLICADO EL 11/03/2010. (Art. 32, 40, 201 “b” 4 todos
DEL R.T.P.).
3°) PÚBLIQUESE, NOTIFÍQUESE y ARCHÍVESE.
EXPEDIENTE Nº 878/10 – TORNEO ARGENTINO “B” 2009/10
Buenos Aires, 16 de marzo de 2010.-
VISTO
El reclamo efectuado por la terna arbitral que actuó el 14/03/2010 en el
encuentro disputado entre los clubes Trinidad (San Juan) y su similar de Alianza (San
Juan), mediante el cual da cuenta a este Organismo que no percibió por parte del Club
Trinidad la suma de $ 1.500,00; y,
6
CONSIDERANDO
Que, el art. 34° del Reglamento del Certamen estab lece claramente el
mecanismo a seguir de no efectuarse el pago en cuestión;
Que, habiendo transcurrido el plazo establecido de 72 horas de disputado el
encuentro, y no habiéndose efectuado el pago por parte del Club “LOCAL”, corresponde
correr traslado al mismo, HASTA LAS 20,30 HORAS DEL QUINTO DIA HABIL
INMEDIATO SIGUIENTE AL DE DISPUTADO EL ENCUENTRO QUE ORIGINO LA
DEUDA, para que proceda a cancelar la suma adeudada a la terna arbitral ante las
respectivas Ligas, debiendo dar cuenta en forma simultánea a este Organismo, dentro
del plazo señalado precedentemente;
Que, en tal sentido corresponde dejar establecido que al no concretarse la
cancelación de la deuda, dentro del término aludido, la institución deudora quedará
automáticamente “SUSPENDIDA EN FORMA PROVISIONAL”, con la aplicación de las
previsiones establecidas en el art. 118° del Reglam ento de Transgresiones y Penas;
Que, atento a ello este Tribunal de Disciplina:
R E S U E L V E
1°) - INTIMAR al Club Trinidad (San Juan), HASTA LAS 20,30 HORAS DEL
19/03/2010 (Art. 34° del Reglamento del Certamen), para que p roceda a dar cuenta, en
forma fehaciente ante este Organismo, de haber cancelado en su totalidad la suma de $
1.500,00 que le adeuda a la terna arbitral actuante en el encuentro que disputó el
14/03/2010 con Alianza.-
2°) - Transcurrido el plazo señalado en el art. 1° y de no verificarse la cancelación total
de la deuda reclamada, el Club Trinidad, quedará AUTOMATICAMENTE
SUSPENDIDO EN FORMA PROVISIONAL, debiendo disputar los encuentros
programados con el consecuente descuento de TRES (3) PUNTOS por cada fecha
comprendida en el término de la suspensión y demás previsiones, de conformidad con
lo establecido en el art. 118° del Reglamento de Tr ansgresiones y Penas.
3)° - Dejar aclarado que la sanción aplicada en el artículo precedente será
automáticamente levantada por este Organismo al momento del efectivo cumplimiento
(remisión del pago a la Liga a la que pertenecen los árbitros involucrados); y,
simultáneamente la remisión a este Organismo de la documentación respaldatoria de
haber efectuado el pago motivo del reclamo.
4)º - Comuníquese; publíquese; y, manténgase en Secretaría a sus efectos.
EXPEDIENTE Nº 879/10 – TORNEO ARGENTINO “B” 2009/10
Buenos Aires, 2 de marzo de 2010.-
VISTO
El reclamo efectuado por la terna arbitral que actuó el 14/03/2010 en el
encuentro disputado entre los clubes Lujan de Cuyo (Mendoza) y su similar de Unión
(San Juan), mediante el cual da cuenta a este Organismo que no percibió por parte del
Club Lujan de Cuyo la suma de $ 3.165,00; y,
CONSIDERANDO
Que, el art. 34° del Reglamento del Certamen estab lece claramente el
mecanismo a seguir de no efectuarse el pago en cuestión;
Que, habiendo transcurrido el plazo establecido de 72 horas de disputado el
encuentro, y no habiéndose efectuado el pago por parte del Club “LOCAL”, corresponde
correr traslado al mismo, HASTA LAS 20,30 HORAS DEL QUINTO DIA HABIL
INMEDIATO SIGUIENTE AL DE DISPUTADO EL ENCUENTRO QUE ORIGINO LA
DEUDA, para que proceda a cancelar la suma adeudada a la terna arbitral ante las
respectivas Ligas, debiendo dar cuenta en forma simultánea a este Organismo, dentro
del plazo señalado precedentemente;
7
Que, en tal sentido corresponde dejar establecido que al no concretarse la
cancelación de la deuda, dentro del término aludido, la institución deudora quedará
automáticamente “SUSPENDIDA EN FORMA PROVISIONAL”, con la aplicación de las
previsiones establecidas en el art. 118° del Reglam ento de Transgresiones y Penas;
Que, atento a ello este Tribunal de Disciplina:
R E S U E L V E
1°) - INTIMAR al Club Lujan de Cuyo (Mendoza), HASTA LAS 20,30 HORAS DEL
19/03/2010 (Art. 34° del Reglamento del Certamen), para que p roceda a dar cuenta, en
forma fehaciente ante este Organismo, de haber cancelado en su totalidad la suma de $
3.165,00 que le adeuda a la terna arbitral actuante en el encuentro que disputó el
14/03/2010 con Unión.-
2°) - Transcurrido el plazo señalado en el art. 1° y de no verificarse la cancelación total
de la deuda reclamada, el Club Lujan de Cuyo, quedará AUTOMATICAMENTE
SUSPENDIDO EN FORMA PROVISIONAL, debiendo disputar los encuentros
programados con el consecuente descuento de TRES (3) PUNTOS por cada fecha
comprendida en el término de la suspensión y demás previsiones, de conformidad con
lo establecido en el art. 118° del Reglamento de Tr ansgresiones y Penas.
3º) - Dejar aclarado que la sanción aplicada en el artículo precedente será
automáticamente levantada por este Organismo al momento del efectivo cumplimiento
(remisión del pago a la Liga a la que pertenecen los árbitros involucrados); y,
simultáneamente la remisión a este Organismo de la documentación respaldatoria de
haber efectuado el pago motivo del reclamo.
4º) - Comuníquese; publíquese; y, manténgase en Secretaría a sus efectos.
EXPEDIENTE Nº 880/10 – TORNEO DEL INTERIOR 2010
Buenos Aires, 16 de marzo de 2010.-
VISTO
El reclamo efectuado por la terna arbitral que actuó el 13/03/2010 en el
encuentro disputado entre los clubes Sp. Guzmán (Tucumán) y su similar de San
Antonio (Belen), mediante el cual da cuenta a este Organismo que no percibió por parte
del Club Sp. Guzmán la suma de $ 720,00; y,
CONSIDERANDO
Que, el art. 34° del Reglamento del Certamen estab lece claramente el
mecanismo a seguir de no efectuarse el pago en cuestión;
Que, habiendo transcurrido el plazo establecido de 72 horas de disputado el
encuentro, y no habiéndose efectuado el pago por parte del Club “LOCAL”, corresponde
correr traslado al mismo, HASTA LAS 20,30 HORAS DEL QUINTO DIA HABIL
INMEDIATO SIGUIENTE AL DE DISPUTADO EL ENCUENTRO QUE ORIGINO LA
DEUDA, para que proceda a cancelar la suma adeudada a la terna arbitral ante las
respectivas Ligas, debiendo dar cuenta en forma simultánea a este Organismo, dentro
del plazo señalado precedentemente;
Que, en tal sentido corresponde dejar establecido que al no concretarse la
cancelación de la deuda, dentro del término aludido, la institución deudora quedará
automáticamente “SUSPENDIDA EN FORMA PROVISIONAL”, con la aplicación de las
previsiones establecidas en el art. 118° del Reglam ento de Transgresiones y Penas;
Que, atento a ello este Tribunal de Disciplina:
R E S U E L V E
1°) - INTIMAR al Club Sp. Guzmán (Tucumán), HASTA LAS 20,30 HORAS DEL
19/03/2010 (Art. 34° del Reglamento del Certamen), para que p roceda a dar cuenta, en
forma fehaciente ante este Organismo, de haber cancelado en su totalidad la suma de $
720,00 que le adeuda a la terna arbitral actuante en el encuentro que disputó el
13/03/2010 con San Antonio.-
8
2°) - Transcurrido el plazo señalado en el art. 1° y de no verificarse la cancelación total
de la deuda reclamada, el Club Sp. Guzmán, quedará AUTOMATICAMENTE
SUSPENDIDO EN FORMA PROVISIONAL, debiendo disputar los encuentros
programados con el consecuente descuento de TRES (3) PUNTOS por cada fecha
comprendida en el término de la suspensión y demás previsiones, de conformidad con
lo establecido en el art. 118° del Reglamento de Tr ansgresiones y Penas.
3)° - Dejar aclarado que la sanción aplicada en el artículo precedente será
automáticamente levantada por este Organismo al momento del efectivo cumplimiento
(remisión del pago a la Liga a la que pertenecen los árbitros involucrados); y,
simultáneamente la remisión a este Organismo de la documentación respaldatoria de
haber efectuado el pago motivo del reclamo.
4)º - Comuníquese; publíquese; y, manténgase en Secretaría a sus efectos.
EXPEDIENTE Nº 881/10 – TORNEO ARGENTINO “B” 2009/10
Buenos Aires, 16 de marzo de 2010.-
VISTO
El reclamo efectuado por la terna arbitral que actuó el 13/03/2010 en el
encuentro disputado entre los clubes At. Policial (Catamarca) y su similar de Tiro
Federal (San Francisco), mediante el cual da cuenta a este Organismo que no percibió
por parte del Club At. Policial la suma de $ 1.500,00; y,
CONSIDERANDO
Que, el art. 34° del Reglamento del Certamen estab lece claramente el
mecanismo a seguir de no efectuarse el pago en cuestión;
Que, habiendo transcurrido el plazo establecido de 72 horas de disputado el
encuentro, y no habiéndose efectuado el pago por parte del Club “LOCAL”, corresponde
correr traslado al mismo, HASTA LAS 20,30 HORAS DEL QUINTO DIA HABIL
INMEDIATO SIGUIENTE AL DE DISPUTADO EL ENCUENTRO QUE ORIGINO LA
DEUDA, para que proceda a cancelar la suma adeudada a la terna arbitral ante las
respectivas Ligas, debiendo dar cuenta en forma simultánea a este Organismo, dentro
del plazo señalado precedentemente;
Que, en tal sentido corresponde dejar establecido que al no concretarse la
cancelación de la deuda, dentro del término aludido, la institución deudora quedará
automáticamente “SUSPENDIDA EN FORMA PROVISIONAL”, con la aplicación de las
previsiones establecidas en el art. 118° del Reglam ento de Transgresiones y Penas;
Que, atento a ello este Tribunal de Disciplina:
R E S U E L V E
1°) - INTIMAR al Club At. Policial (Catamarca), HASTA LAS 20,30 HORAS DEL
19/03/2010 (Art. 34° del Reglamento del Certamen), para que p roceda a dar cuenta, en
forma fehaciente ante este Organismo, de haber cancelado en su totalidad la suma de $
1.500,00 que le adeuda a la terna arbitral actuante en el encuentro que disputó el
13/03/2010 con Tiro Federal.-
2°) - Transcurrido el plazo señalado en el art. 1° y de no verificarse la cancelación total
de la deuda reclamada, el Club At. Policial, quedará AUTOMATICAMENTE
SUSPENDIDO EN FORMA PROVISIONAL, debiendo disputar los encuentros
programados con el consecuente descuento de TRES (3) PUNTOS por cada fecha
comprendida en el término de la suspensión y demás previsiones, de conformidad con
lo establecido en el art. 118° del Reglamento de Tr ansgresiones y Penas.
3)° - Dejar aclarado que la sanción aplicada en el artículo precedente será
automáticamente levantada por este Organismo al momento del efectivo cumplimiento
(remisión del pago a la Liga a la que pertenecen los árbitros involucrados); y,
simultáneamente la remisión a este Organismo de la documentación respaldatoria de
haber efectuado el pago motivo del reclamo.
4º) - Comuníquese; publíquese; y, manténgase en Secretaría a sus efectos.
9
EXPEDIENTE Nº 882/10 – TORNEO DEL INTERIOR 2010
Partido del 14/ 03/10 Buena Parada (Rio Colorado) Vs. FFCC Oeste (Gral.
Pico).-
Buenos Aires, 15 de marzo de 2010.-
VISTO Y CONSIDERANDO
Que, por recibido informe del señor Presidente Ejecutivo del Consejo
Federal y surgiendo de la planilla del partido que el árbitro ha hecho jugar
un alargue suplementario no previsto en el Reglamento del Torneo del
Interior.-
Esto es así pues, en caso de igualdad de puntos y en diferencia de goles la
definición debió ser por tiro desde el punto penal y no como lo indico e hizo
jugar el árbitro (Art. 15 punto 3 del Reglamento del Torneo del Interior
2010).-
Que por tal motivo, corresponde declarar nulo el suplemento del partido
que disputaron los primeros equipo de Buena Parada (Río Colorado) y su
similar de Ferrocarril Oeste de General Pico.-
Que, en virtud de lo citado en el considerando anterior se declara
interrumpido el mismo a los cincuenta (50) minutos del segundo tiempo,
restando la definición de la serie.-
Sin perjuicio de la publicación remítase copia urgente al señor Presidente
del Consejo Federal del Fútbol Argentino, para que se arbitren los medios
para que lo aquí se ordena sea ejecutado con preferencia al desarrollo
(arts. 32 y 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas y art. 15 punto 3
del Reglamento del Certamen).-
Por ello, el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior:
RESUELVE
1º) Declarar nulo, de nulidad absoluta, el suplemento hecho disputar por el
árbitro entre los equipos de Buena Parada de Río Colorado y su similar de
Ferrocarril Oeste de General Pico, por la transgresión a los Arts. 15. Puntos
1, 2, y 3 del Reglamento del Torneo del Interior 2010, y como consecuencia
interrumpido el mismo a los cincuenta (50) minutos del segundo tiempo.-
2º) Disponer que se ejecuten tiros desde el punto penal (arts. 32, 33
Reglamento de Transgresiones y Penas; art. 15 punto 3 del Reglamento
del Torneo del Interior).-
3º) Gírese la presente resolución al Consejo Federal a los fines de la
programación conforme a lo dispuesto en el articulo anterior.-
4º) Notifíquese, vía FAX, a los clubes involucrados por conducto de sus
respectivas Ligas y copias al señor Presidente Ejecutivo del Consejo
Federal y al Colegio de Árbitros a los fines que correspondan.-
EXPEDIENTE Nº 883/10 – TORNEO DEL INTERIOR 2010
10
Partido del 14/03/10 – Dep. 9 de Julio (Clorinda) Vs. Defensores (Formosa)
Buenos Aires, 17 de marzo de 2010.
VISTO y CONSIDERANDO:
1°) El árbitro del partido que disputaron los clube s Deportivo 9 de
Julio de Clorinda y Defensores de Rosario de Formosa, el día 14 de
marzo de 2010 por el Torneo del Interior, informó al Tribunal que “…a
los 85 minutos del encuentro se produjo incidentes en la tribuna
visitante donde repelian mediante objetos contundentes (trozos de
ladrillos) a simpatizantes locales que se encontraban fuera del
estadio….Dicha parcialidad visitante también comenzó a arrojar
objeto a contundentes (trozos de ladrillos) hacia adentro del campo
de juego motivo que produce la reacción de los jugadores
locales….Atento toda esta situación tome la decisión de suspender
definitivamente el encuentro ya que no estaban dadas las garantías
debido al incidente generalizado que se había ocacionado y que el
personal policial no podía controlar cuando transcurrían 88 minutos
del encuentro..”
2°) Que el Tribunal dio traslado del informe acusat orio al club
Defensores de Rosario por conducto de la Liga Formoseña de Fútbol,
para que ejerza su derecho de defenderse conforme lo establece el
art. 7 del R.T.P.
El Club imputado manifiesta que los incidentes se produjeron por el
mal accionar policial. Es que los organizadores, al momento de
marcar su equipo el cuarto gol, procedieron los organizadores, a la
apertura de las puertas del Estadio y por allí comenzó a retirarse la
hinchada local que, desde el exterior, agredió con piedras a la
parcialidad visitante y algunos de esos proyectiles fueron a dar al
campo de juego.
Agregan que fueron agredidos y debieron permanecer dentro del
Estadio por un largo tiempo; que, además, dañaron el micro y los
vehículos de sus simpatizantes.
3°) El artículo 80 del Reglamento de Transgresiones y Penas establece
que se sancionará con multa al club cuya parcialidad o público
partidario ubicado en sectores asignados, promuevan desórdenes
(letra “a”), arrojen por cualquier clase de proyectiles (letra “b”).
Que el partido fue suspendido a los 88 minutos de juego y atento a las
particulares circunstancias del caso y el resultado que se registraba
debe darse por concluido.
Por ello el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior
RESUELVE:
1°) DAR POR CONCLUIDO EL PARTIDO QUE DISPUTABAN EL 14 de
marzo de 2010 CLUB 9 DE JULIO y DEFENSORES DE ROSARIO POR
EL TORNEO DEL INTERIOR 2010 (ART. 32 DEL R.T.P.)
2°) REGISTRAR EL SIGUIENTE RESULTADO: 9 DE JULIO 1-
DEFENSORES DE ROSARIO 4 (ART. 32 DEL R.T.P.).
3°) SANCIONAR AL CLUB DEFENSORES DE ROSARIO CON MUL TA
DE CINCUENTA (50) ENTRADAS POR DOS FECHAS (2) LAS QUE SE
DEJAN EN SUSPENSO (ARTS. 63-INC. b- y 80 DEL R.T.P.).
4°) PÚBLIQUESE, NOTIFÍQUESE y ARCHÍVESE.
11
EXPEDIENTE Nº 884/10 – TORNEO DEL INTERIOR 2010
Partido del 14/03/10 – Monterrico (El Carmen) Vs. El Polo (Lib. Gral. San
Martín).-
Buenos Aires, 17 de marzo de 2010.-
VISTO y CONSIDERANDO:
1°) El árbitro del partido que disputaron el Club M onterrico de San
Vicente y Atlético El Polo, Edgar Segovia, informó al Tribunal que
“..Partido suspendido a los 39´ del seg tiempo por quedar el club El
Polo con inferioridad numérica…” en el dorso del informe del partido
figuran como expulsados los jugadores del Club Atlético El Polo: (1)
Bejar, Sergio R, DNI. 28.105.060;(2) Calatayo, José, DNI. 25.776.447; (3)
Vilte, José, DNI. 28.621.999; (4) Rojas, Bruno DNI 34.355.109 y (5)
Bautista, Miguel DNI. 30.689.997..” (sic).
2°) Que el Tribunal resolvió dar traslado de la inf racción denunciada
por el árbitro al Club Atlético El Polo, por conducto de la Liga
Regional Jujeña de Fútbol y para que ejerciera su derecho de defensa
(art. 7 del R.T.P.).
3°) El Club Atlético El Polo no ha presentado desca rgo hasta el
presente.
4°) Es criterio del Tribunal que los informes arbit rales constituyen
semiplena prueba de lo que ellos contiene, y que sólo mediante el
aporte de prueba en contrario puede desacreditarse el valor indicado.
Que surge en forma notoria compulsando la planilla de expulsados,
que con los cinco jugadores expulsados al Club Atlético El Polo éste
quedó en inferioridad numérica. (Art. 106 “e”).
El artículo 106, letra “e”, del Reglamento de Transgresiones y Penas
establece la pérdida de partido cuando el árbitro deba suspenderlo al
quedar un equipo en inferioridad numérica, esto es con menos de
siete jugadores en el campo de juego.
Deberá registrarse el resultado de conformidad a lo que establece el
art. 152 del R.T.P.; en este caso Club Monterrico de San Vicente 3-
Atlético El Polo 0-
Por ello el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior
RESUELVE:
1°) SANCIONAR CON LA PÉRDIDA DEL PARTIDO QUE DISPUT ABAN
EL CLUB MONTERRICO y EL CLUB ATLÉTICO EL POLO EL DÍA 14 DE
MARZO DEL CORRIENTE AÑO AL CLUB ATLÉTICO EL POLO (ART.
32, 106 LETRA “e” DEL R.T.P.)-
2°) REGISTRAR EL SIGUIENTE RESULTADO: CLUB MONTERRI CO DE
SAN VICENTE 3- ATLÉTICO EL POLO 0 (ART. 32 y 152 DEL R.T.P.).
3°) PÚBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE y ARCHÍVESE.
EXPEDIENTE Nº 883/10 – TORNEO DEL INTERIOR 2010
Buenos Aires, 17 de marzo de 2010.-
VISTO y CONSIDERANDO:
12
1°) El Club Sportivo Gral. Belgrano de Rosario de l a Frontera, se
presenta ante el Tribunal con documentación enviada vía fax,
solicitando se le adjudiquen los puntos del partido que disputó 14 de
marzo con el Club S. y Dep. Atlas de la Liga Salteña de Fútbol.
Al momento de resolver la presentación el quejoso no ha aportado
documentación en original que acredite la titularidad de los derechos
que le fueron, supuestamente, agraviados.
2°) Que los artículos 70 y 71 del Reglamento del To rneo del Interior,
establecen palmariamente que la documentación debe obrar en poder
el Tribunal antes de las 18 horas del tercer día hábil siguiente al de la
disputa del encuentro. Ello no ha ocurrido, por lo cual la pretensión
debe ser rechazada.
Por ello el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior
RESUELVE:
1°) RECHAZAR LA PRESENTACIÓN REALIZADA POR EL CLUB
SPORTIVO BELGRANO DE ROSARIO DE LA FRONTERA POR NO
OBRAR EN PODER EL TRIBUNAL LOS ANTECEDENTES, EN
ORIGINAL, QUE ACREDITEN LA TITULARIDAD DEL DERECHO
SUPUESTAMENTE AGRAVIADO Y EL DEPÓSITO DEL DERECHO DE
PROTESTA. (ARTS. 70 y 71 DEL REGLAMENTO DEL TORNEO DEL
INTERIOR).
2°) NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE y VUELVA LA CAUSA A DES PACHO.
MIEMBROS, PRESENTES: Esc. Carlos E. De Giacomi; Dr. Miguel Rossi y Dr.
Roberto Torti Y Sr. Juan Guerra.-
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SE PATEAN LOS PENALES - NO SIRVIÓ EL SUPLEMENTARIO
Aunque usted no lo crea - El Diario de La Pampa
Tal como se sospechaba, la serie entre Defensores de Buena Parada y Ferro de Pico no llegó a su fin con la disputa de la revancha en Río Colorado que el equipo piquense ganó 3-1. ¿Que pasó? Que como el juez bahiense Iván Mariscal determinó que se jugara tiempo suplementario en lugar de la ejecución de los penales -como indica el reglamento del torneo- el Consejo Federal de Fútbol resolvió dejar sin efecto lo ocurrido en esos 30 minutos y dispuso que finalmente se pateen los penales.
¿Que es increíble? Sí. Tan increíble como el hecho de que la sede de la definición será Santa Rosa (a 270 kilómetros de Río Colorado, a 150 de Pico) una decisión que sin dudas castiga a Defensores, el que, no obstante, se beneficia con la medida adoptada.Desde la Liga Cultural propusieron que los penales se ejecuten el jueves a las 16:30 horas en la cancha de Belgrano. El árbitro, claro, no será Mariscal, sobre el que recaerá una sanción severa según supusieron desde la Agrupación Culturalista de Árbitros Santarroseños. Es más, lo más factible es que sea un referí de esta entidad el que controle la cuestión teniendo en cuenta que sería un despropósito aún mayor designar alguno de otro lado.La noticia, obviamente, no cayó bien en la dirigencia de Ferro, que al cierre de esta edición estaba reunida en la Liga Pampeana buscando el apoyo de sus pares para no presentarse en Santa Rosa y seguir con vida en la competición. La postura piquense se basa en un dato no menor: como Matías Boto se lesionó con los tres cambios realizados, su puesto terminó ocupado por el delantero Leonardo Ponce. Igualmente, lo más seguro es que los penales se programen como un nuevo encuentro, o sea que el DT podrá suplir al ex Mac Allister con Mauro Bertone.Claro que a esta altura nada puede afirmarse y sólo el paso de las horas -se espera que hoy se conozca oficialmente la noticia- le aportará claridad a un tema que va derecho a la peor historia del campeonato.
SE VIENEN LOS PENALES
El Consejo Federal de Fútbol informó ayer oficialmente que el Tribunal de Disciplina de dicha entidad decidió anular el alargue que jugaron el domingo en Río Colorado el local Defensores de Buena Parada ante Ferro de General Pico, en el que el Verde convirtió tres goles para dar vuelta el resultado y terminar ganando 3-1, lo que le permitió pasar de fase en el Torneo del Interior.
Las repercusiones en La PampaLa nulidad de la definición se debe a que el reglamento especifica que ante igualdad de puntos y diferencia de goles en una serie, como ocurrió (Ferro había ganado 1-0 en la ida y perdió 1-0 en la revancha), la clasificación se debe definir por penales, algo que el árbitro del encuentro, el bahiense Iván Mariscal Frank, no tuvo en cuenta a pesar de la advertencia de los propios jugadores.Ante este panorama y una protesta hecha el lunes por el club rionegrino, el Consejo decidió que ambos equipos deben volver a verse las caras para definir por penales. Y programó esa definición para mañana, en cancha de Belgrano de Santa Rosa y a partir de las 17, a puertas cerradas y con la posibilidad de que ambos equipos presenten planillas nuevas, como si se tratara de un partido suspendido (significa que no necesariamente deben estar los mimos once que terminaron el partido en Río Colorado).Sin embargo, y ante esta noticia, los dirigentes de Ferro se reunieron anoche para evaluar los pasos a seguir y coincidieron en que con este fallo son los únicos perjudicados en esta historia, y todo debido a un grave error del árbitro Frank. En ese contexto, decidieron presentar un recurso de amparo en la Justicia Federal (lo harán hoy por la mañana en los tribunales santarroseños), con la intención de que se anule la programación de la definición por penales y así ganar tiempo para que se reconozca su triunfo en la cancha. Igualmente Ferro se presentara.
Las dos caras.El presidente de la entidad de Barrio Talleres, Jorge Amato, aseguró ayer que Ferro no se presentará a patear los penales y que recurrirá a la justicia ordinaria. "Vamos a apelar la medida mediante un recurso de amparo, porque tanto nosotros como el equipo rival acatamos la decisión que tomó el árbitro, y ninguno hizo algún reclamo en la cancha", dijo."El Consejo Federal tiene que entender que no hubo beneficios para ningún equipo, y que los únicos perjudicados con el alargue fuimos nosotros, porque además en ese lapso se nos lesionó el arquero Matías Boto. Sería una barbaridad no poder contar con nuestro arquero titular para una definición como esta", enfatizó Amato, quien indicó que Ferro presentará un descargo ante el Consejo Federal y, a su vez, una medida de no innovar, para que esta medida no prospere. "Lo que estamos reclamando es que se reconozca nuestro triunfo", agregó.Y fue aún más lejos: "Esto me parece una falta de respeto para el fútbol del interior. A partir de esto la Liga Pampeana deberá reclamar un lugar en el Consejo, si queremos seguir participando. Hoy está Alfredo Iturri (presidente de la Liga Cultural) como representante de La Pampa, y no hay ningún equipo de esa liga en este campeonato".Mientras tanto, el presidente de Defensores de Río Colorado, Ricardo Toro, reconoció el triunfo de Ferro, pero a la vez dijo que reglamentariamente la definición no tiene valor, y que van a venir a patear los penales a pesar de que ya habían licenciado a algunos jugadores. "Vamos a ir, aunque se nos hace bastante cuesta arriba por lo económico, ya que tenemos que salir a buscar a los jugadores nuevamente", dijo Toro. Y agregó: "Estamos convencidos de que Ferro hizo lo necesario para ganarnos el partido, pero también estamos de acuerdo con que se haga respetar el reglamento".
Un fallo llamativoEn su fallo oficial, el Consejo Federal llamativamente responsabilizó a diferentes actores, pero nunca mencionó al árbitro Frank, quien fue el que prácticamente obligó a los jugadores a disputar el ahora nulo suplementario. Por el contrario, entendió que los principales responsables de no alertar sobre la violación al reglamento fueron las autoridades de la Liga de Río Colorado, organizadora del partido, y los clubes participantes, aunque justamente los propios futbolistas fueron los que le avisaron al árbitro bahiense que debían patear penales y no jugar un alargue.
Fuente: La Arena
EL CLUB PAMPEANO ACEPTÓ LA MEDIDA - SU PAGINA WEB ASI LO INFORMA
La comisión directiva del club Ferro informa que el próximo Jueves el plantel de fútbol de primera división se presentará a disputar los penales frente al club Defensores de Buena Parada, el mismo será a las 17.00hs a puerta cerrada en el Estadio del Club Gral Belgrano de la ciudad de Santa Rosa (LP), por tal motivo se le pide a los hinchas no concurrir. Fuerza plantel y Cuerpo técnico, la humildad, el trabajo y la honestidad son valores que nunca cambiaremos, y nosotros elegimos ese camino!!!-www.soydeferro.com.ar
Tal como se sospechaba, la serie entre Defensores de Buena Parada y Ferro de Pico no llegó a su fin con la disputa de la revancha en Río Colorado que el equipo piquense ganó 3-1. ¿Que pasó? Que como el juez bahiense Iván Mariscal determinó que se jugara tiempo suplementario en lugar de la ejecución de los penales -como indica el reglamento del torneo- el Consejo Federal de Fútbol resolvió dejar sin efecto lo ocurrido en esos 30 minutos y dispuso que finalmente se pateen los penales.
¿Que es increíble? Sí. Tan increíble como el hecho de que la sede de la definición será Santa Rosa (a 270 kilómetros de Río Colorado, a 150 de Pico) una decisión que sin dudas castiga a Defensores, el que, no obstante, se beneficia con la medida adoptada.Desde la Liga Cultural propusieron que los penales se ejecuten el jueves a las 16:30 horas en la cancha de Belgrano. El árbitro, claro, no será Mariscal, sobre el que recaerá una sanción severa según supusieron desde la Agrupación Culturalista de Árbitros Santarroseños. Es más, lo más factible es que sea un referí de esta entidad el que controle la cuestión teniendo en cuenta que sería un despropósito aún mayor designar alguno de otro lado.La noticia, obviamente, no cayó bien en la dirigencia de Ferro, que al cierre de esta edición estaba reunida en la Liga Pampeana buscando el apoyo de sus pares para no presentarse en Santa Rosa y seguir con vida en la competición. La postura piquense se basa en un dato no menor: como Matías Boto se lesionó con los tres cambios realizados, su puesto terminó ocupado por el delantero Leonardo Ponce. Igualmente, lo más seguro es que los penales se programen como un nuevo encuentro, o sea que el DT podrá suplir al ex Mac Allister con Mauro Bertone.Claro que a esta altura nada puede afirmarse y sólo el paso de las horas -se espera que hoy se conozca oficialmente la noticia- le aportará claridad a un tema que va derecho a la peor historia del campeonato.
SE VIENEN LOS PENALES
El Consejo Federal de Fútbol informó ayer oficialmente que el Tribunal de Disciplina de dicha entidad decidió anular el alargue que jugaron el domingo en Río Colorado el local Defensores de Buena Parada ante Ferro de General Pico, en el que el Verde convirtió tres goles para dar vuelta el resultado y terminar ganando 3-1, lo que le permitió pasar de fase en el Torneo del Interior.
Las repercusiones en La PampaLa nulidad de la definición se debe a que el reglamento especifica que ante igualdad de puntos y diferencia de goles en una serie, como ocurrió (Ferro había ganado 1-0 en la ida y perdió 1-0 en la revancha), la clasificación se debe definir por penales, algo que el árbitro del encuentro, el bahiense Iván Mariscal Frank, no tuvo en cuenta a pesar de la advertencia de los propios jugadores.Ante este panorama y una protesta hecha el lunes por el club rionegrino, el Consejo decidió que ambos equipos deben volver a verse las caras para definir por penales. Y programó esa definición para mañana, en cancha de Belgrano de Santa Rosa y a partir de las 17, a puertas cerradas y con la posibilidad de que ambos equipos presenten planillas nuevas, como si se tratara de un partido suspendido (significa que no necesariamente deben estar los mimos once que terminaron el partido en Río Colorado).Sin embargo, y ante esta noticia, los dirigentes de Ferro se reunieron anoche para evaluar los pasos a seguir y coincidieron en que con este fallo son los únicos perjudicados en esta historia, y todo debido a un grave error del árbitro Frank. En ese contexto, decidieron presentar un recurso de amparo en la Justicia Federal (lo harán hoy por la mañana en los tribunales santarroseños), con la intención de que se anule la programación de la definición por penales y así ganar tiempo para que se reconozca su triunfo en la cancha. Igualmente Ferro se presentara.
Las dos caras.El presidente de la entidad de Barrio Talleres, Jorge Amato, aseguró ayer que Ferro no se presentará a patear los penales y que recurrirá a la justicia ordinaria. "Vamos a apelar la medida mediante un recurso de amparo, porque tanto nosotros como el equipo rival acatamos la decisión que tomó el árbitro, y ninguno hizo algún reclamo en la cancha", dijo."El Consejo Federal tiene que entender que no hubo beneficios para ningún equipo, y que los únicos perjudicados con el alargue fuimos nosotros, porque además en ese lapso se nos lesionó el arquero Matías Boto. Sería una barbaridad no poder contar con nuestro arquero titular para una definición como esta", enfatizó Amato, quien indicó que Ferro presentará un descargo ante el Consejo Federal y, a su vez, una medida de no innovar, para que esta medida no prospere. "Lo que estamos reclamando es que se reconozca nuestro triunfo", agregó.Y fue aún más lejos: "Esto me parece una falta de respeto para el fútbol del interior. A partir de esto la Liga Pampeana deberá reclamar un lugar en el Consejo, si queremos seguir participando. Hoy está Alfredo Iturri (presidente de la Liga Cultural) como representante de La Pampa, y no hay ningún equipo de esa liga en este campeonato".Mientras tanto, el presidente de Defensores de Río Colorado, Ricardo Toro, reconoció el triunfo de Ferro, pero a la vez dijo que reglamentariamente la definición no tiene valor, y que van a venir a patear los penales a pesar de que ya habían licenciado a algunos jugadores. "Vamos a ir, aunque se nos hace bastante cuesta arriba por lo económico, ya que tenemos que salir a buscar a los jugadores nuevamente", dijo Toro. Y agregó: "Estamos convencidos de que Ferro hizo lo necesario para ganarnos el partido, pero también estamos de acuerdo con que se haga respetar el reglamento".
Un fallo llamativoEn su fallo oficial, el Consejo Federal llamativamente responsabilizó a diferentes actores, pero nunca mencionó al árbitro Frank, quien fue el que prácticamente obligó a los jugadores a disputar el ahora nulo suplementario. Por el contrario, entendió que los principales responsables de no alertar sobre la violación al reglamento fueron las autoridades de la Liga de Río Colorado, organizadora del partido, y los clubes participantes, aunque justamente los propios futbolistas fueron los que le avisaron al árbitro bahiense que debían patear penales y no jugar un alargue.
Fuente: La Arena
EL CLUB PAMPEANO ACEPTÓ LA MEDIDA - SU PAGINA WEB ASI LO INFORMA
La comisión directiva del club Ferro informa que el próximo Jueves el plantel de fútbol de primera división se presentará a disputar los penales frente al club Defensores de Buena Parada, el mismo será a las 17.00hs a puerta cerrada en el Estadio del Club Gral Belgrano de la ciudad de Santa Rosa (LP), por tal motivo se le pide a los hinchas no concurrir. Fuerza plantel y Cuerpo técnico, la humildad, el trabajo y la honestidad son valores que nunca cambiaremos, y nosotros elegimos ese camino!!!-www.soydeferro.com.ar
miércoles, 17 de marzo de 2010
martes, 16 de marzo de 2010
TALLERES DE VILLA CONSTITUCIÓN QUEDÓ AFUERA POR LOS PENALES ANTE ASCENCIÓN
Lo qué hubo que transpirar para llegar hasta Ascensión!, para muchos no fue fácil, pero allá estuvieron, apoyando a Porvenir Talleres en el partido de vuelta de esta primera fase final del Torneo del Interior. La teoría de la cercanía geográfica impuesta por el Consejo quedó lejos… tan lejos como esta localidad que por una tarde tuvo tinte tallarín. Pero hasta allá llegaron jugadores, colaboradores, familiares, hinchas, el pueblo republicano a pleno para alentar a su equipo. El partido de ida había finalizado 1 a 0 a favor de Talleres, y los goles perdidos en su cancha a la larga se notaron. La cita era a las 17, y minutos después el cotejo comenzó. Mucha gente del lado local, una muy buena cantidad en el visitante, y dos equipos que se jugaban el pase a la siguiente ronda. El sol fue el invitado que nadie quiso, pero que dijo presente. Molestó los 90 minutos sin distinción de camiseta y los jugadores intentaron hacer lo mejor que pudieron ante esta situación poco usual pero real. El primer tiempo tuvo situaciones para ambos lados, unas tres para el Monstruo que falló en el último intento y unas cinco para Social, que pudo concretar dos. El equipo local, aquel campeón de su zona y del Cuatro Ligas pudo finalizar la primera mitad 2 a 0 arriba y hasta ahí pasaba de ronda. El segundo tiempo tuvo a un Talleres que lejos de resignarse siguió buscando ser protagonista. Consiguió el gol a través de Rojo y los ánimos volvieron a estar en alza. Pero pese a buscar uno más, la pelota no quiso entrar. Así, todo se definiría desde el punto penal. Fue 4 a 2 a favor de los locales que festejaron con todo. Y fue la despedida del sueño del Monstruo. De un equipo de técnicos como Castellarín y Salinas que saben lo que es el fútbol. De jugadores con garra como Flores, Stagnari, De Giorgio ó Rojas (aplausos de pie para el Negro por la entrega cada domingo). De esos que te corren hasta la última pelota, como Rojo, Álvarez, Guerra, Heredia. De aquellos nuevos pero que dejaron todo como Diez, Schnap, Obrist, Cardozo, Chirino, Pérez ó Hetze. Del pibe de reserva que demostró ser de primera, “Cicinho” Martínez. De los experimentados, como el bueno de Dusso y Chávez. En fin, de un equipo que puso lo que había que poner desde el primer momento, desde aquel 16 de enero cuando la pelota comenzó a rodar. Pero el destino, y el fútbol quisieron que llegara hasta la primera fase de la ronda final. El Torneo del Interior era una meta que empezó a forjarse y tomar fuerza partido tras partido, pero no pudo ser. Igual Talleres se despidió como un grande, mostrando debilidades pero mucho más grandezas. Dijo adiós desde los doce pasos, fatídicos doce pasos que para muchos no hacen justicia. Talleres dijo hasta luego… pero sin dudas dejó su marca en cada cancha que pintó de auriazul.
lunes, 15 de marzo de 2010
VERGUENZA II -LOS ARBITRO SE PENSABAN QUE EL ENCUENTRO SE JUGABA EN OTRA CANCHA Y LLEGARON 45´TARDE PARA COLMO HUBO PENALES Y SE PATEARON A OSCURAS
Coronel Aguirre eliminó del Torneo del Interior al Athletic de Arroyo Seco en un partido que tuvo todos los condimentos para convertirse en un mojón en la historia del club. Su público disfrutó el triunfo sobre la hora ante “el picante”, con quién mantiene una fuerte rivalidad, y la posterior victoria en los penales, que se ejecutaron insólitamente en completa oscuridad. Los visitantes produjeron algunos destrozos en el Olaeta.
Agradecemos a: Fotos y texto Miguel Martínez.
Un agradecimiento a : www.rosariofutbol.com
Coronel Aguirre le ganó 2 a 1 a Athletic de Arroyo Seco, igualó la serie (recordemos que había perdido 1 a 0 allá), y lo terminó dejando afuera del TDI en una definición por penales que no será fácil de explicar a quienes no estuvieron en la cancha. Trataremos igual. Pasó más o menos lo siguiente. El cotejo comenzó 45 minutos más tarde por una demora del árbitro (que no sabía donde se jugaba y se fue con los asistentes a la cancha de Aguirre, en Villa Gobernador Gálvez). Eso hizo que el partido terminara de noche, a las 19:55 horas. Todo se conjugó para complicar la definición, ya que a eso se sumó que el Estadio de Argentino no tiene iluminación artificial. Los penales se empezaron a patear a las ocho y cinco de la noche en una total penumbra. Según nos informó Matías Maidana, el árbitro de San Jorge, él consultó a los dos cuerpos técnicos al respecto y ambos estuvieron de acuerdo con llevar a cabo las ejecuciones. Ante la sorpresa de todos los presentes, que veían cuanto menos curioso el hecho al que estaban asistiendo, se impuso el local 5 a 3, gracias a que Aramburu se llevó por delante con sus pies el remate de Mansilla.Pero si hablamos del juego propiamente dicho debemos decir que fue parejo. Ambos partidos lo fueron. En Arroyo la ventaja mínima fue para los azules, y aunque tuvieron chances para ampliar, Aguirre también podría haber marcado en el primer tiempo. En Rosario los rojiverdes se pusieron en ventaja después de 20 minutos en los que habían sido más ambiciosos que su rival, pero de ahí en adelante se aflojaron un poco. Cedieron algo la tenencia de balón y los dirigidos por Vailatti llegaron. En el complemento empataron bastante rápido, y pudieron haberse puesto arriba tras una jugada muy protestada por su parcialidad, en la que se invalidó por posición adelantada un gol del ex salaíto Melillo.De ahí en más todo fue nerviosismo, pierna fuerte, y prepotencia mal entendida. De los dos lados. Hubo golpes sin pelota, codazos, planchas, y tres expulsados. Cuando el partido se moría y parecía que Aguirre quedaba afuera, llegó “un zapatazo de otro torneo” que volvió a la vida al local. Lo metió Matías Muga, un volante hábil que puede ser muy importante si se lo propone (sobre todo ahora que Villalba salió lesionado en la rodilla y parece que estará 15 días afuera), pero que la semana pasada no había entrado ni siquiera entre los 16.El sablazo de Muga que sacudió la red, provocó un apoteótico festejo de un lado, y la reacción exactamente inversa en la tribuna de enfrente. Desazón total. Del mismo modo, suponemos, habrán quedado los jugadores para la definición desde los doce pasos. Unos terriblemente “agrandados”, y otros poco menos que “muertos”. Y así fue, terminó imponiéndose el que remontó agónicamente la serie. Lo demás ya lo contamos. Se pateó a oscuras, y tras el 5-3 consumado hubo algunos destrozos perpetrados por la parcialidad visitante, que arrojó al campo butacas, rompió puertas, y aflojó el alambrado.
Síntesis minuto a minuto:
Primer tiempo:
3’ Buena jugada del purri Báez (CA). Encaró por la izquierda y remató. El tiro salió cerca del ángulo.8’ Violento remate de Nicoletti (CA) que también sale cerca de uno de los postes.18’ Contragolpe de ASAC. Bien el pitu García (AS), que desbordó a pura velocidad y metió el centro para Maxi Trejo (AS). Alcanzó a despejar Ratto (CA) con lo justo.21’ Gol. Tiro libre en forma de centro ejecutado por Fretes (CA), la peinaron en el primer palo, el balón dio en el travesaño, y tras el rebote la empujó Villalba (CA).27’ Los visitantes piden penal sobre Jorge Martínez (AS). La punteó justo antes de la salida de Aramburu (CA) que lo llevó por delante. Pareció falta. Aún así el juez lo amonestó por simular.28’ De contragolpe Aguirre casi mete el segundo. Báez metió el centro rasante para Villalba que recibió bastante libre por el medio pero remató sin mucha fuerza. Tapó Botti (AS) con los pies, y en el rebote se quedó sin espacio y volvió a ganar el uno.45’ Los últimos quince minutos fueron flojos. Friccionados, hablados, pero con poca claridad de ambos bandos.
Segundo tiempo:
11’ Gol. El ingresado Bugatti (AS) eludió a Aramburu y definió de derecha.13’ Gol anulado al Athletic. Fue un tiro libre de Gerez (AS) que peinaron en el primer palo, y aprovechó Leonel Melillo (AS) entrando por atrás. El línea invalidó por off-side.16’ Expulsados Nicoletti en Aguirre e Irusta en los azules. Forcejearon en una jugada en mitad de cancha. Hubo golpes, pisotones, y una roja para cada uno.17’ Con el juego parado aparece con sangre Cesarini (AS). Aducía haber recibido un golpe de Fretes. Se le produjo un derrame en el ojo y se le hinchó de tal forma que no veía. Debió ser reemplazado.23’ Se reinicia el juego luego de 7 minutos de parate, en los que hubo empujones, discusiones, y pedidos de ambulancia.29’ Expulsado Pablo Rodríguez (CA) por doble amarilla.30’ Escapó Fabricio Aguilar (CA), remató cruzado, amortiguó Botti, y el balón coqueteó lentamente con la raya de sentencia. La terminó despejando un defensor.32’ Cabezazo para atrás de Melillo que por poco no termina en gol en contra. Corner.40’ Cabezazo de Basualdo tras un tiro libre en forma de centro. El balón cruzó todo el arco.45’ Cuando la tarde se empezaba a poner oscura, Matías Muga (CA) clavó un zapatazo desde afuera del área que se incrustó exactamente en el ángulo del arco visitante.48’ Pese a que hubiesen correspondido 9 o 10 minutos de adición, el árbitro lo termina porque la visión era ya muy escasa.
Las Formaciones:
Coronel Aguirre: Ignacio Aramburu; Cristian Villarreal (L. López), Esteban May, Damián Ratto y Gustavo Suárez; Pablo Rodríguez, Marcos Cócere, Nahuel Nicoletti y Juan Miguel Báez; Hugo Fretes (M. Muga) y Fernando Villalba (F. Aguilar). DT: Fernando Fachetti.A.S.A.C: Mariano Botti; Alejandro Cesarini (D. Basualdo), Leonel Melillo, Leonardo Mansilla y Gustavo Baiochi; Federico Romano (J. P. Irusta), Pablo Farías, Jorge Martínez (F. Bugatti) y Matías Gerez; Emanuel García y Maximiliano Trejo. DT: Horacio Vailatti.Arbitro: Matías Maidana. Asistentes: Raúl Zupichiatti y Jesús Guayanez.Figuras: Matías Gerez, fue lejos el que mejor entendió el juego. Manejó los tiempos y las pelotas paradas. Matías Muga, entró poco pero fue determinante para la clasificación. Se tuvo fe, probó, y logró lo que añoraba su gente… el gol.
ARBITROS EN LA LUNA - VERGUENZA 1---FERRO DE PICO GANÓ EN SUPLEMENTARIO CUANDO HABIA QUE EJECUTAR PENALES
EL INFORME DE www.ferroyelresto.com.ar lo da ganador a Ferrode General Pico, pero simplemente hubo un error la terna de Bahia Blanca desconocía el reglamento y hizo jugar alargue cuando había que patear penales .... INCREIBLE PERO REAL :!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!ferro de general pico ganó y no sirvio de nada ... los arbitro no deben dirigir nunca mas seguramente una sanción d epor vida es lo que cabe ...
EL TRIBUNAL DISCIPLINARIO DECIDE SE EJECUTARÍAN LOS PENALES EN CANCHA NEUTRAL PARA QUE EL CONJUNTO DE GENERAL PICO NO VIAJE TANTOS KILOMETROS
Ferro de Pico logró hacerse fuerte de visitante en una tarde histórica. Ganó 3-1 con tres goles en el suplementario tras perder 1-0 en los 90 y culminó el juego con Leonardo Ponce en el arco por la lesión de Matías Botto. Los goles los hicieron Ponce (2) y Nicolás Martelli. El próximo domingo se medirá de visitante con FC Tres Algarrobos
El resto físico fue clave para el elenco verde que perdió 1-0 en los 90 minutos. El local se puso arriba a los 47:30 minutos del primer tiempo cuando por tiro penal Luis Espinoza no falló ante la resistencia de Matías Botto que le había convertido la infraccíón a Juan Storm.
En el segundo tiempo Ferro sufrió y continuó con la falta de profundidad por lo que Rubén Elías apostó a los cambios. Primero ingresó Maximiliano Palacios por Juan Pablo Capellán Bajo y más tarde lo hizo Martín Zapata por Matías Ocampo. El conjunto verdolaga sufría la falta de la tenencia del balón y las pocas situaciones claras que se logró fabricar.
El árbitro bahiense Mariscal Frank Iván decretó el final de los noventa minutos y luego dispuso que se juegue dos tiempos suplementarios de quince minutos por lo que la sorpresa invadió a todos que pensábamos que habría penales.
El alargue lo vio un poco mejor a Ferro -Elías sorprendió con el cambio de Agustín Pieraligi por Gastón Bornes- y llegó al gol de Leonardo Ponce (13 minutos PT) al inicio del primero de los alargues mientras que minutos más tarde nuevamente marcó Ponce (15 minutos) aumentando así la cuenta para tranquilidad de todo el pueblo ferrocarrilero. Era 2-1 (3-1 en el global) y había que defender con alma y vida el resultado.
El segundo tiempo suplementario hizo que se abriera una posibilidad para los locales porque la lesión del arquero Matías Botto produjo que la figura del partido, Leo Ponce, tuviera que ponerse el buzo y atajar los 12 minutos que faltaban pero “Leo” estuvo a la altura de un partido así y dejó en claro que está para grandes cosas.
Cuando ya casi no quedaba más tiempo, Nicolás Martelli puso el final 3-1 (global 4-1) y los festejos se acrecentaron porque Ferro está en la siguiente ronda esperando el rival que saldrá de Alvear FC o FC Tres Algarrobos.
Sin dudas que la preocupación ahora pasará por saber si el golero Botto tiene o no un desgarro en el aductor como se especula y de ser así se perdería, por lo menos, el juego que se viene.
LA PAGINA WEB LO DA GANADOR A FERRO D EGENERAL PICO EL CONSEJO FEDERAL HARÍA EJECUTAR LOS PENALES DE VUELTA QUE SERÍA LO CORRECTO....( PARA COLMO EN EL SUPLEMENTARIO FERRO TUCVO LA LESIÓN DE SU ARQUERO TITULAR Y FINALIZÓ ATAJANDO UN JUGADOR DE CAMPO ¿ QUIEN ATAJARÁ AHORA LOS PENALES?????
EN LA PAGINA PAMPA DEPORTIVA DE HOY SALIÓ LO SIGUIENTE ...
FERRO DE PICO -DEFENSORES DE RIO COLORADO: ¿A patear penales?
Ferro de Pico y Defensores de Buena Parada deberían definir la clasificación a la siguiente fase del Torneo del Interior desde el punto del penal. Esta situación se produciría el próximo jueves a las 16:30 en la cancha de Belgrano de Santa Rosa. La noticia la confirmó el presidente de la Liga Cultural de Fútbol, Alfredo Iturri en la tarde del lunes al recibir un llamado telefónico por parte del Presidente del Consejo Federal de Fútbol solicitándole que consiguiera "un arco donde patear los penales". Lo dijo al programa radial 980 Master Deportivo.
Si bien el dirigente santarroseño lo confirmó en la tarde del lunes, tanto la Liga Pampena de Fútbol, como Ferro de Pico, no habrían recibido ninguna notificación al respecto en forma oficial por parte del Consejo Federal de Fútbol . Cabe recordar que el partido lo había ganado Ferro de Pico en tiempo suplementario por 3 a 0 y en el resultado global de la llave 4 a 1. El árbitro Iván Mariscal, con un desconocimiento total del reglamento, determinó que en vez de ejecutar los penales, se jugarán 30 minutos de tiempo suplementario.
¿Qué hará Ferro de Pico?
La dirigencia ferrocarrilera habría comenzado a manejar el tema con un profesional y estaría dispuesto a no viajar a Santa Rosa. Además uno de los dirigentes manifestó que la que tendría que estar suspendida es la terna arbitral en forma completa y no solamente el árbitro, ya que los tres habrían incurrido en el error.
¿Qué dice el reglamento?
El reglamento del Torneo del Interior manifesta en el CAPITULO II lo siguiente con respecto a la definición de la Etapa Final:
15.1 En favor del equipo que hubiera obtenido más puntos en la serie de partidos disputado entre una pareja de equipos.
15.2 De existir igualdad, en favor del equipo que obtuviera mayor diferencia de gol en esa serie.
15.3 En caso de no existir definición por los puntos anteriores se deberá recurrir a la ejecución de tiros desde el punto del penal, conforme las previsiones del art. 111° del Reglamento General de la A.F.A...
Una total incertidumbre cubre la decisión con respecto a los pasos a seguir en esta llave, que por ahora tiene a Ferro de Pico con el pase asegurado a la siguiente ronda, donde se tendría que enfrentar a FC Tres Algarrobos el próximo domingo en carácter de visitante.
AMPLIAREMOS MAÑANA
EL TRIBUNAL DISCIPLINARIO DECIDE SE EJECUTARÍAN LOS PENALES EN CANCHA NEUTRAL PARA QUE EL CONJUNTO DE GENERAL PICO NO VIAJE TANTOS KILOMETROS
Ferro de Pico logró hacerse fuerte de visitante en una tarde histórica. Ganó 3-1 con tres goles en el suplementario tras perder 1-0 en los 90 y culminó el juego con Leonardo Ponce en el arco por la lesión de Matías Botto. Los goles los hicieron Ponce (2) y Nicolás Martelli. El próximo domingo se medirá de visitante con FC Tres Algarrobos
El resto físico fue clave para el elenco verde que perdió 1-0 en los 90 minutos. El local se puso arriba a los 47:30 minutos del primer tiempo cuando por tiro penal Luis Espinoza no falló ante la resistencia de Matías Botto que le había convertido la infraccíón a Juan Storm.
En el segundo tiempo Ferro sufrió y continuó con la falta de profundidad por lo que Rubén Elías apostó a los cambios. Primero ingresó Maximiliano Palacios por Juan Pablo Capellán Bajo y más tarde lo hizo Martín Zapata por Matías Ocampo. El conjunto verdolaga sufría la falta de la tenencia del balón y las pocas situaciones claras que se logró fabricar.
El árbitro bahiense Mariscal Frank Iván decretó el final de los noventa minutos y luego dispuso que se juegue dos tiempos suplementarios de quince minutos por lo que la sorpresa invadió a todos que pensábamos que habría penales.
El alargue lo vio un poco mejor a Ferro -Elías sorprendió con el cambio de Agustín Pieraligi por Gastón Bornes- y llegó al gol de Leonardo Ponce (13 minutos PT) al inicio del primero de los alargues mientras que minutos más tarde nuevamente marcó Ponce (15 minutos) aumentando así la cuenta para tranquilidad de todo el pueblo ferrocarrilero. Era 2-1 (3-1 en el global) y había que defender con alma y vida el resultado.
El segundo tiempo suplementario hizo que se abriera una posibilidad para los locales porque la lesión del arquero Matías Botto produjo que la figura del partido, Leo Ponce, tuviera que ponerse el buzo y atajar los 12 minutos que faltaban pero “Leo” estuvo a la altura de un partido así y dejó en claro que está para grandes cosas.
Cuando ya casi no quedaba más tiempo, Nicolás Martelli puso el final 3-1 (global 4-1) y los festejos se acrecentaron porque Ferro está en la siguiente ronda esperando el rival que saldrá de Alvear FC o FC Tres Algarrobos.
Sin dudas que la preocupación ahora pasará por saber si el golero Botto tiene o no un desgarro en el aductor como se especula y de ser así se perdería, por lo menos, el juego que se viene.
LA PAGINA WEB LO DA GANADOR A FERRO D EGENERAL PICO EL CONSEJO FEDERAL HARÍA EJECUTAR LOS PENALES DE VUELTA QUE SERÍA LO CORRECTO....( PARA COLMO EN EL SUPLEMENTARIO FERRO TUCVO LA LESIÓN DE SU ARQUERO TITULAR Y FINALIZÓ ATAJANDO UN JUGADOR DE CAMPO ¿ QUIEN ATAJARÁ AHORA LOS PENALES?????
EN LA PAGINA PAMPA DEPORTIVA DE HOY SALIÓ LO SIGUIENTE ...
FERRO DE PICO -DEFENSORES DE RIO COLORADO: ¿A patear penales?
Ferro de Pico y Defensores de Buena Parada deberían definir la clasificación a la siguiente fase del Torneo del Interior desde el punto del penal. Esta situación se produciría el próximo jueves a las 16:30 en la cancha de Belgrano de Santa Rosa. La noticia la confirmó el presidente de la Liga Cultural de Fútbol, Alfredo Iturri en la tarde del lunes al recibir un llamado telefónico por parte del Presidente del Consejo Federal de Fútbol solicitándole que consiguiera "un arco donde patear los penales". Lo dijo al programa radial 980 Master Deportivo.
Si bien el dirigente santarroseño lo confirmó en la tarde del lunes, tanto la Liga Pampena de Fútbol, como Ferro de Pico, no habrían recibido ninguna notificación al respecto en forma oficial por parte del Consejo Federal de Fútbol . Cabe recordar que el partido lo había ganado Ferro de Pico en tiempo suplementario por 3 a 0 y en el resultado global de la llave 4 a 1. El árbitro Iván Mariscal, con un desconocimiento total del reglamento, determinó que en vez de ejecutar los penales, se jugarán 30 minutos de tiempo suplementario.
¿Qué hará Ferro de Pico?
La dirigencia ferrocarrilera habría comenzado a manejar el tema con un profesional y estaría dispuesto a no viajar a Santa Rosa. Además uno de los dirigentes manifestó que la que tendría que estar suspendida es la terna arbitral en forma completa y no solamente el árbitro, ya que los tres habrían incurrido en el error.
¿Qué dice el reglamento?
El reglamento del Torneo del Interior manifesta en el CAPITULO II lo siguiente con respecto a la definición de la Etapa Final:
15.1 En favor del equipo que hubiera obtenido más puntos en la serie de partidos disputado entre una pareja de equipos.
15.2 De existir igualdad, en favor del equipo que obtuviera mayor diferencia de gol en esa serie.
15.3 En caso de no existir definición por los puntos anteriores se deberá recurrir a la ejecución de tiros desde el punto del penal, conforme las previsiones del art. 111° del Reglamento General de la A.F.A...
Una total incertidumbre cubre la decisión con respecto a los pasos a seguir en esta llave, que por ahora tiene a Ferro de Pico con el pase asegurado a la siguiente ronda, donde se tendría que enfrentar a FC Tres Algarrobos el próximo domingo en carácter de visitante.
AMPLIAREMOS MAÑANA
domingo, 14 de marzo de 2010
TODOS LOS FINALES DEL TORNEO DEL INTERIOR
PARA VER LOS FINALES INGRESÁ A
http://ascensodelinterior.com.ar/
AGRADECEMOS A www.ascensodelinterior.com.ar
jueves, 11 de marzo de 2010
sanciones delos partidos de ida de la segunda fase - DURISIMA SANCIÓN A nEWBERY D ELOBERIA Y DERROTA PARA LATOS HORNOS ZAPLA ANTE GUEMES EN EL SUSP.
EXPEDIENTE Nº 867/10 - TORNEO DEL INTERIOR 2010
Partidos del 07/03/2010.-
JUGADOR LIGA CLUB SANCION ART
ALMARAZ, JOSE JUJUY A. H. ZAPLA 1 PART. 201 INC. A
ARAUJO, RUBEN (AUX) V. ANGELA DEP. COMERCIO 2 PART. 186 y 260
ARRUBIA, EMILIANO AZUL CHACARITA 1 PART. 207
AYALA, ALEJANDRO LUJAN CAMIONERO 1 PART. 207
BARROSO, VICTOR V. MERCEDES SP. MERCEDES 2 PART. 200 INC. A 7
BASILICO, ARNALDO (AUX) CHIVILCOY INDEPENDIENTE 2 PART. 186 y 260
BORDON, ANGEL CERRILLOS JUV. UNIDA 2 PART. 200 INC. A 1
BURELA, LEANDRO JUNIN RIVADAVIA 2 PART. 200 INC. A 3
CABALLERO, ELIAS ELDORADO MADO 1 PART. 207
CABRERA, CRISTIAN MERCEDES AT. MERCEDES 1 PART. 207
CADONA, FEDERICO AYACUCHO SARMIENTO 2 PART. 200 INC. A 1
CATALDO, JORGE E. BUSTOS DEP. CHILECITO 1 PART. 207
CENARDO, JORGE GUEMES UNION 1 PART. 202 INC. B
CENTURION, ENMANUEL BARADERO SP. BARADERO 1 PART. 207
CERNADAS, NICOLAS (AUX) SAN NICOLAS REGATAS 2 PART. 186 y 260
CESPEDES, GUSTAVO TARTAGAL UNION 2 PART. 200 INC. A 9
CHAMORRO, JUAN GOYA CENTRAL GOYA 2 PART. 200 INC. A 7
CHARMELO, MAXIMILIANO BALCARCE RACING F. C. 1 PART. 208
CIRACO, LUCIANO SALTO SPORTS 2 PART. 200 INC. A 1
CORNEJO, FRANCISCO CHILECITO AT. CHILECITO 1 PART. 201 INC. B 1
CORONEL, HUGO V. ANGELA DEP. COMERCIO 1 PART. 201 INC. B 4
CORTEZ HERRERA, DAVID CHILECITO BUENAVENTURA 1 PART. 207
CULASSO, ALDO AT. T. LAUQUEN T. LAUQUEN 1 PART. 207
DEGIORGIO, DIEGO V. CONSTITUCION PORVENIR 1 PART. 208
DIAZ, EZEQUIEL SAN NICOLAS REGATAS 1 PART. 201 INC. B 4
DONAIRES, FERNANDO (DT) SGO. DEL ESTERO MITRE 3 PART. 48, 186 y 260
ESPINOLA, ERNESTO POSADAS EL BRETE 1 PART. 287 INC. 5
ESTECHE, ADOLFO ELDORADO MADO 2 PART. 186
FABRE, JAVIER ESPERANZA LIBERTAD 2 PART. 200 INC. A 2
FERNANDEZ, ALAN NEUQUEN MARONESE 1 PART. 208
FERREYRA, MARTIN AT. REGINA CIPOLLETTI 1 PART. 207
FORMIGO, RAMIRO GRAL. PICO ALVEAR F. C. 1 PART. 207
GARCIA, JUAN (DT) AT. T. LAUQUEN T. LAUQUEN 2 PART. 186 y 260
GAUNA, ESTEBAN MACHAGAI LAS GARCITAS 1 PART. 201 INC. B 4
GESUALDO, ANDRES LA PLATA EVERTON 1 PART. 207
GIMENEZ, FABIO SAN LUIS ESTANCIA GDE. 2 PART. 186
GOMEZ, JUAN RIO GRANDE REAL MADRID 1 PART. 207
GRIOLIO, ALBERTO ESQUINA SANTA RITA 2 PART. 186
GRIOLIO, MILTON ESQUINA SANTA RITA 2 PART. 186
HUARACAN, CESAR (AUX) RIO GRANDE REAL MADRID 2 PART. 186 y 260
HUARACAN, ROBERTO (AUX) RIO GRANDE REAL MADRID 2 PART. 186 y 260
LARRONDO, LUCAS RIVADAVIA DEP. 3 ALGARROBOS 1 PART. 207
LEGUIZAMON, VICTOR TUCUMAN SAN FERNANDO 1 PART. 207
LOPEZ, NORBERTO (DT) V. ANGELA DEP. COMERCIO 1 PART. 186 y 260
LUNA, MARCOS LA RIOJA A. TESORIERI 1 PART. 207
LUNGHI, WALTER L. BLANCA AT. L. BLANCA 2 PART. 48 y 287 INC. 5
MACHUANIN, LUIS LAS BREÑAS ATALAYA 1 PART. 207
MARTINEZ, GUSTAVO CONCORDIA SALTO GRANDE 2 PART. 200 INC. A 1
MEDINA, DANIEL POSADAS EL BRETE 1 PART. 207
MELIQUEO, LEANDRO BARILOCHE INDEPENDIENTE 1 PART. 207
MENDEZ, FRANCO JUJUY A. H. ZAPLA 1 PART. 207
MILLAN, PEDRO SAN RAFAEL HURACAN 2 PART. 200 INC. A 1
MINELLA, MARTIN SANTA FE SANTA FE F. C. 1 PART. 208
MONTEROS, PABLO ORAN RIVER PLATE 1 PART. 207
MONTES, ALBERTO AT. T. LAUQUEN T. LAUQUEN 1 PART. 207
MORALES, JORGE TUNUYAN INDEPENDIETE 1 PART. 207
MORENO, LEONARDO (DT) AÑATUYA INDEPENDIENTE 2 PART. 186 y 260
MOROSO, PABLO SANTA FE SANTA FE F. C. 1 PART. 208
MOYANO, JORGE E. BUSTOS DEP. CHILECITO 1 PART. 207
NOVILLO, CLAUDIO (DT) V. MERCEDES SP. MERCEDES 3 PART. 48, 205 INC. "A" y 260
OLIVEIRA, CRISTIAN APOSTOLES ROSAMONTE 1 PART. 207
ORDOÑEZ, LUIS SAN LUIS ESTUDIANTES 2 PART. 186
ORELLANA, LUIS (AUX) AT. T. LAUQUEN T. LAUQUEN 1 PART. 287 INC. 5
PABLO, STER BARILOCHE ESTUDIANTES 1 PART. 207
PARRA, JORGE POSADAS EL BRETE 1 PART. 207
PEIRANO, LEONARDO V. OCAMPO O. FABRICA 1 PART. 207
PERALTA, MARCOS RIVADAVIA DEP. 3 ALGARROBOS 1 PART. 207
PERALTA, RUBEN GUEMES UNION 2 PART. 186 y 260
PEREYRA, DIEGO LA PLATA EVERTON 1 PART. 201 INC. B 1
PEREYRA, HECTOR (DT) LUJAN UTA 1 PART. 186 y 260
PEREZ, RAMON (DT) V. VIEJO M. MORENO 2 PART. 186 y 260
PORTILLO, SERGIO LUJAN CAMIONERO 1 PART. 207
RAMIREZ, DIEGO CORRIENTES HURACAN 1 PART. 287 INC. 5
RAMIREZ, RUBEN RIVADAVIA DEP. 3 ALGARROBOS 2 PART. 200 INC. A 1
ROBACIO, MARTIN ESQUEL SAN MARTIN 1 PART. 287 INC. 5
RODRIGUEZ, MAURO TUCUMAN ÑUÑORCO 1 PART. 207
ROGOLINO, HORACIO (AUX) V. CONSTITUCION ARROYO SECO A. C. 2 PART. 48, 186 y 260
RUELLI, JULIAN V. CONSTITUCION UNION 1 PART. 208
RUIZ DIAZ, HECTOR CORRIENTES HURACAN 1 PART. 287 INC. 5
RUSS, JORGE (AUX) C. RIVADAVIA J. NEWBERY 2 PART. 186 y 260
SAENZ VALIENTE, PABLO LAPRIDA J. NEWBERY 2 PART. 200 INC. A 1
SALINAS, JOSE C. RIVADAVIA J. NEWBERY 1 PART. 207
SANABRIA, GILBERTO FORMOSA SOL DE MAYO 1 PART. 207
SAURO, HECTOR MENDOZA HURACAN 1 PART. 204
SCAPPINI, CARLOS ELDORADO MADO 2 PART. 48 y 201 INC. B 1
SCHWEIZER, EDUARDO (AUX) ESQUINA SANTA RITA 2 PART. 186 y 260
SGOBBA, PAOLO TUNUYAN INDEPENDIETE 2 PART. 200 INC. A 9
SILVA, HUGO NEUQUEN MARONESE 1 PART. 208
SORIA, GONZALO 25 DE MAYO ARGENTINOS 1 PART. 207
SOSA, MANUEL AÑATUYA CTRAL. ARGENTINO 2 PART. 200 INC. A 7
SPOTTI, MAXIMILIANO SANTA FE ARG. SAN CARLOS 1 PART. 207
STER, PABLO BARILOCHE ESTUDIANTES 1 PART. 207
STOARDO, SEBASTIAN AT. REGINA CIPOLLETTI 1 PART. 207
TEJERA, NICOLAS ESQUEL SAN MARTIN 1 PART. 207
THOME, JORGE PERGAMINO ARGENTINO 1 PART. 201 INC. A
TORRES, HECTOR (AUX) EL CARMEN AT. EL CARMEN 2 PART. 186 Y 260
TORRICO, JORGE TARTAGAL U. MADEREROS 1 PART. 208
VARGAS, JOSE CHILECITO LOS CHUYOS 1 PART. 207
VAZQUEZ, PEDRO E. BUSTOS LA CONSULTA 2 PART. 186
VERA, CRISTIAN (AUX) C. RIVADAVIA J. NEWBERY 2 PART. 186 y 260
VILLAGRA, PABLO CAMPANA SP. LA FUEGUINA 1 PART. 207
WALKER, DAMINAN ESPERANZA LIBERTAD 4 PART. 185
ZARATE, CARLOS LA RIOJA RIOJA JRS. 1 PART. 207
VISTA
PARTIDO Nº 1 - SP. MERCEDES (V. MERCEDES).-
PARTIDO Nº 1 - SP. ESTUDIANTES (SAN LUIS).-
PARTIDO Nº 43 - J. AGRARIA (LAS BREÑAS).-
PARTIDO Nº 92 - FERROCARRIL (VIEDMA).-
NOTA: En las sanciones que anteceden se aplicó el Art. 220 del Reglamento de Transgresiones y Penas.
Buenos Aires, del 09/03/2010
EXPEDIENTE Nº 791/10 - TORNEO DEL INTERIOR 2010
Buenos Aires, 9 de marzo de 2010.-
Partido del 24/01/10 – Ferrocarril (Viedma) Vs. Independiente (Río Colorado).-
VISTO
El informe producido por el árbitro del partido, mediante el cual nos hace saber: “...Una vez finalizado el encuentro con total normalidad, observo que en el banco de suplentes del equipo local se produce un tumulto entre una persona que irrumpió por el túnel perteneciente a la parcialidad local quien le tira con una botella con agua que tenia en sus manos el jugador Nº 6 de Independiente (RC) Sr. Martínez Francisco DNI 32873111 quien reacciona con un golpe de puño, a esta acción se sumo el jugador Nº 9 del equipo local Sr. Mario Martínez DNI 28616274 quien arremete con un golpe de puño al jugador Nº 6 del equipo de Independiente (RC); en ese momento ingreso por sobre el alambrado de contención otro integrante de la parcialidad local quien agredió directamente al jugador Nº 6 Independiente (RC) antes nombrado. Se disponían al ingreso del túnel, el cual estaba muy cerca del alambre y no había nada que cubra cualquier tipo de agresión, el jugador Nº 14 de Independiente Sr. Taboada ...” (sic); y,
CONSIDERANDO
1) Que mediante nota Nº 08/10 el Tribunal de Disciplina, corrió traslado del citado informe, a la Liga Rionegrina de Fútbol, con la finalidad de que el Sr. José Camejo (Defensa y Justicia), ejerciera su derecho de defensa.-
2º) Que el Club Sportivo Ferrocarril, en su descargo manifiesta lo siguiente: “...Que cuando culminó el encuentro, rápidamente el Nº 6 visitante, el Sr. FRANCISCO MARTINEZ se dirigió al túnel, encontrando en el camino al encargado del campo de juego César Figueroa, quien al manifestarle “ya te abro” (según relato posterior del “canchero”), el jugador lo escupió seguramente entendido otra cosa, por lo que Figueroa reaccionó y lo corrió por la acción del jugador, llegando hasta detrás del banco de suplentes de ferro, donde el jugador visitante agarra una botella plástica de agua y se la arrojó al canchero, agarrándose contra el alambrado. Que inmediatamente se efectúa un tumulto entre jugadores locales y visitantes...” (sic).-
Que a criterio de este Tribunal, los informes arbítrales constituyen semiplena prueba de lo que ellos contienen y sólo pueden ser desacreditados mediante el aporte de pruebas fehacientes en contrario.-
3º) Que los incidentes producidos por el Club Sportivo Ferrocarril, deben encuadrarse en lo previsto en el art. 90 del Reglamento de Transgresiones y Penas, y sancionarse con la pena de doscientas (200) .-
Por ello, el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior:
RESUELVE
1°) SANCIONAR AL CLUB SPORTIVO FERROCARRIL (VIEDMA – RIO NEGRO), CON LA PENA DE DOSCIENTAS (200) ENTRADAS (ART. 90 DEL REGLAMENTO DE TRANSGRESIONES Y PENAS).-
2°) PÚBLIQUESE y NOTIFÍQUESE.-
EXPEDIENTE Nº 802/10 – TORNEO DEL INTERIOR 2010
Buenos Aires, 9 de marzo de 2010.-
Partido del 31/01/10 – Petrolero (Neuquen) Vs. Unión Alem (Cipolletti).-
VISTO
El informe producido por el árbitro del partido, mediante el cual nos hace saber: “...Informo que una vez finalizado el encuentro entre los mencionados equipos: inmediatamente personal ajeno a lo notificado en planilla; perteneciente a la parcialidad local, realiza ingreso al sector del campo de juego atravez del tunel que conduce a la cancha desde los vestuarios con claras intenciones de agrecion a la terna arbitral, no pudiendo lograrlo por el accionar del operativo policial, logrando sacarlos del campo de juego. Así mismo debimos mantenernos en el centro del campo de juego un lapso de 20`minutos, ya que la parcialidad local continuo la agresión desde la tribuna, arrojando elementos contundentes y cortantes, entre ellos (piedras, botellas, trozos de hielo, etc.) hacia nuestras personas, haciendo así imposible la llegada al sector del tunel vestuarios; debido a que la ubicación de este lo hace riesgosa en caso de incidentes o disturbios, al encontrarse, muy proxima y rodeada por la tribuna local y no teniendo una protección para su ingreso...” (sic); y,
CONSIDERANDO
1) Que mediante nota Nº 15/10 el Tribunal de Disciplina, corrió traslado del citado informe, a la Liga de Fútbol del Neuquen, con la finalidad de que el Club Petrolero ejerciera su derecho de defensa.-
Que el descargo aludido fue recibido en la Liga de Fútbol del Neuquen, con fecha 08 de febrero de 2010, según constancia que se tiene a la vista (acuse de recibo 1 AB 3017018-8) y que no mereció respuesta hasta la fecha del Club Petrolero, motivo por el cual corresponde darle por decaído el derecho que ha dejado de usar y juzgar su conducta en rebeldía.-
Que a criterio de este Tribunal, los informes arbítrales constituyen semiplena prueba de lo que ellos contienen y sólo pueden ser desacreditados mediante el aporte de pruebas fehacientes en contrario.-
3º) Que los incidentes producidos por el Club Petrolero, deben encuadrarse en lo previsto en el art. 80 inc. “b” y “c” del Reglamento de Transgresiones y Penas, y sancionarse con la pena de cien (100) entradas por el término de tres (3) fechas.-
Por ello, el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior:
RESUELVE
1°) SANCIONAR AL CLUB PETROLERO (NEUQUEN), CON LA PENA DE CIEN (100) ENTRADAS POR EL TERMINO DE TRES (3) FECHAS (ART. 80 INC. “B”” y “C” DEL REGLAMENTO DE TRANSGRESIONES Y PENAS).-
2°) PÚBLIQUESE y NOTIFÍQUESE.-
EXPEDIENTE Nº 870/10 – TORNEO DEL INTERIOR 2010
Partido del 06/03/10
Buenos Aires, 9 de marzo de 2010.-
VISTO y CONSIDERANDO:El árbitro Roberto Maglio informó al Tribunal, respecto del partido que disputaron Unión Güemes y Altos Hornos Zapla por el Torneo del Interior 2009/2010, que “…..todo estos incidentes ocurrio en el sector que estaba la parcialidad de Zapla quienes comenzaron a arrojar piedras y trozos de ladrillos al campo de juego, impactando uno de estos en la cabeza del jugador n° 6 de Unión Güemes D.N.I. 32.629.751 Carrizo Juan causandole una herida cortante de aproximadamente 6 a 7 cm por lo cual sangraba abundantemente, inmediatamente fue trasladado al hospital local, lo que la policía comenzo a reprimir con balas de goma primero y bastonazos empezo a desalojar a la parcialidad visitante, transcurrido 10 minutos y no estar dada las condiciones de seguridad di por suspendido el partido...” (sic).
2°) El Tribunal resolvió dar traslado de la acusaci ón al Club A. H. Zapla, para que ejerciera el derecho de defensa que le asiste (art. 7 del R.T.P.).
El Club Altos Hornos Zapla presentó su descargo donde señala como principal causa de responsabilidad a los desmanes del jugador Cenardo de Unión Güemes, por la agresión a otro jugador.
Expresan que no comparten la reacción de sus parciales. Exponen que les merece un párrafo aparte el accionar de la policía, pues señalan que el estadio no debió ser habilitado, en la medida que no se encontraba libre de escombros.
3°) Que tiene dicho el Tribunal que los informes ar bitrales constituyen semiplena prueba de lo que en ellos contienen y sólo mediante el aporte de prueba fehaciente en contrario, puede desacreditarse el valor que se les confiere.
Debe dejarse constancia que los jugadores involucrados en los episodios que merecieron sus expulsiones, han sido sancionados por Boletín y sólo se tratará en esta instancia el motivo que determinó la suspensión del partido.
4°) Que los incidentes que produjeron la lesión del jugador Carrizo, fue ocasionada por el comportamiento de la parcialidad del club Altos Hornos Zapla; ello no fue refutado por el club acusado y por lo normado en el art. 80 inc. “a” y “c” y cuarto apartado, debe sancionarse al Club Altos Hornos Zapla con multa de 100 entradas por cada una de tres fechas, más la pérdida del partido que disputaban con Unión Güemes registrándose el resultado de conformidad a lo que establece el art. 152 del R.T.P.
Por ello el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior
RESUELVE:
1°) DAR POR CONCLUIDO EL PARTIDO QUE DISPUTABAN LOS EQUIPOS UNION GüEMES VS ALTOS HORNOS ZAPLA POR EL TORNEO DEL INTERIOR 2010. (ART. 32 DEL R.T.P.).
2°) DAR POR PERDIDO EL PARTIDO AL CLUB ALTOS HORNOS ZAPLA POR SER SU PARCIALIDAD LA QUE CAUSÓ LOS DESÓRDENES QUE MOTIVARON LA SUSPENSIÓN DEL PARTIDO (ARTS. 32, 80 LETRAS, “A”, “C” y CUARTO APARTADO DEL R.T.P.)
3°) REGISTRAR EL SIGUIENTE RESULTADO: UNION GüEMES 1- ALTOS HORNOS ZAPLA 0. (ART. 152 DEL R.T.P.).
4°) SANCIONAR CON LA MULTA DE 100 ENTRADAS POR CADA UNA DE TRES FECHAS AL CLUB ALTOS HORNOS DE ZAPLA, POR LOS DISTURBIOS PRODUCIDOS POR SUS PARCIALES (ARTS. 32, 80 LETRAS A y C DEL R.T.P.)
5°) PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE y ARCHÍVESE.
EXPEDIENTE Nº 871/10 – TORNEO DEL INTERIOR 2010
Buenos Aires, 9 de marzo de 2010.-
VISTO y CONSIDERANDO:
1°) Que el Club Jorge Newbery de la Ciudad de Lober ía Provincia de Buenos Aires, de la Liga Necochea de Fútbol, por nota dirigida a la liga y por conducto de esta al Consejo Federal se pronuncia sobre su decisión de desertar del Torneo del Interior edición 2010.
Argumenta en su comunicación que fueron sorprendidos por la disposición del CO.PRO.SE.DE de comunicarles que su estadio no estaba habilitado para participar en el torneo, pues ellos habían realizado las mejoras que les fueron indicadas.
2°) La Liga Necochea de Fútbol en la comunicación a l Consejo Federal expresó que arbitro los medios a su alcance para permitirle al club que juegue sin costos en estadios de la Ciudad de Necochea.
3°) Anoticiado de ello el Consejo Federal dispuso q ue los encuentros eliminatorios que debía disputar el Club Jorge Newbery no se llevaran a cabo, y de ello anoticio por conducto de la Marplatense de Fútbol al Club Cadetes San Martín.
4°) Que el Consejo Federal dispuso girar las actuaciones a este Tribunal para que se evalúe la posible aplicación de sanciones al club que ha desertado del torneo.
En este sentido la deserción del campeonato, además de producir un entorpecimiento en el desarrollo del mismo, encuentra respuesta normativa en el art. 75 del reglamento del torneo del interior.
El artículo 75 de este reglamento establece como sanción la automática eliminación del certamen; la aplicación de sanción pecuniaria en relación a los previsto en el art. 74 letra “a” (Art. 75 letra “b”), que resulta de aplicación la sanción prevista en el art. 109 del R.T.P. con más la inhabilitación por el término de tres años para intervenir en todo tipo de torneos y sólo podrá participar en los campeonatos oficiales de la liga.
De las actuaciones que forman este legajo no surge responsabilidad concurrente de la Liga Necochea de Fútbol.
Por ello el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior
RESUELVE:
1°) SANCIONAR AL CLUB JORGE NEWBERY DE LA CIUDAD DE LOBERIA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, PERTENECIENTE A LA LIGA NECOCHEA DE FÚTBOL, CON LAS SIGUIENTES PENAS:
A) LA ELIMINACIÓN DEL TORNEO DEL INTERIOR 2010;
-B) MULTA POR EL VALOR DE QUINIENTAS SETENTA y CINCO- 575- ENTRADAS POR TRES FECHAS (OCHO MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO ($ 8.625,00) QUE DEBERÁ DEPOSITARSE EN EL CONSEJO FEDERAL EN EL TÉRMINO DE DIEZ DIAS DE NOTIFICADA LA PRESENTE;
- C) INHABILITAR POR TRES AÑOS AL CLUB JORGE NEWBERY DE LOBERIA PARA PARTICIPAR EN TORNEOS OFICIALES O AMISTOSOS SALVO EL TORNEO DE LA LIGA, SIEMPRE QUE NO EXISTA DISPOSICIÓN EN CONTRARIO DE ESTA ( ART. 60 DEL REGLAMENTO DEL CONSEJO FEDERAL; 32 y 109 DEL R.T.P; ART. 74 LETRA “a” y 75 INCISOS “a, b, y c DEL REGLAMENTO DEL TORNEO DEL INTERIOR 2010.
2°) DECLARAR EXIMIDA DE RESPONSABILIDAD A LA LIGA NECOCHEA DE FÚTBOL.(Art. 75 REGLAMENTO DEL TORNEO DEL INTERIOR).
3°) COMUNÍQUESE AL CONSEJO FEDERAL; PUBLÍQUESE,
NOTIFIQUESE AL CLUB JORGE NEWBERY POR CONDUCTO DE LA LIGA y FECHO, ARCHÍVESE.
Partidos del 07/03/2010.-
JUGADOR LIGA CLUB SANCION ART
ALMARAZ, JOSE JUJUY A. H. ZAPLA 1 PART. 201 INC. A
ARAUJO, RUBEN (AUX) V. ANGELA DEP. COMERCIO 2 PART. 186 y 260
ARRUBIA, EMILIANO AZUL CHACARITA 1 PART. 207
AYALA, ALEJANDRO LUJAN CAMIONERO 1 PART. 207
BARROSO, VICTOR V. MERCEDES SP. MERCEDES 2 PART. 200 INC. A 7
BASILICO, ARNALDO (AUX) CHIVILCOY INDEPENDIENTE 2 PART. 186 y 260
BORDON, ANGEL CERRILLOS JUV. UNIDA 2 PART. 200 INC. A 1
BURELA, LEANDRO JUNIN RIVADAVIA 2 PART. 200 INC. A 3
CABALLERO, ELIAS ELDORADO MADO 1 PART. 207
CABRERA, CRISTIAN MERCEDES AT. MERCEDES 1 PART. 207
CADONA, FEDERICO AYACUCHO SARMIENTO 2 PART. 200 INC. A 1
CATALDO, JORGE E. BUSTOS DEP. CHILECITO 1 PART. 207
CENARDO, JORGE GUEMES UNION 1 PART. 202 INC. B
CENTURION, ENMANUEL BARADERO SP. BARADERO 1 PART. 207
CERNADAS, NICOLAS (AUX) SAN NICOLAS REGATAS 2 PART. 186 y 260
CESPEDES, GUSTAVO TARTAGAL UNION 2 PART. 200 INC. A 9
CHAMORRO, JUAN GOYA CENTRAL GOYA 2 PART. 200 INC. A 7
CHARMELO, MAXIMILIANO BALCARCE RACING F. C. 1 PART. 208
CIRACO, LUCIANO SALTO SPORTS 2 PART. 200 INC. A 1
CORNEJO, FRANCISCO CHILECITO AT. CHILECITO 1 PART. 201 INC. B 1
CORONEL, HUGO V. ANGELA DEP. COMERCIO 1 PART. 201 INC. B 4
CORTEZ HERRERA, DAVID CHILECITO BUENAVENTURA 1 PART. 207
CULASSO, ALDO AT. T. LAUQUEN T. LAUQUEN 1 PART. 207
DEGIORGIO, DIEGO V. CONSTITUCION PORVENIR 1 PART. 208
DIAZ, EZEQUIEL SAN NICOLAS REGATAS 1 PART. 201 INC. B 4
DONAIRES, FERNANDO (DT) SGO. DEL ESTERO MITRE 3 PART. 48, 186 y 260
ESPINOLA, ERNESTO POSADAS EL BRETE 1 PART. 287 INC. 5
ESTECHE, ADOLFO ELDORADO MADO 2 PART. 186
FABRE, JAVIER ESPERANZA LIBERTAD 2 PART. 200 INC. A 2
FERNANDEZ, ALAN NEUQUEN MARONESE 1 PART. 208
FERREYRA, MARTIN AT. REGINA CIPOLLETTI 1 PART. 207
FORMIGO, RAMIRO GRAL. PICO ALVEAR F. C. 1 PART. 207
GARCIA, JUAN (DT) AT. T. LAUQUEN T. LAUQUEN 2 PART. 186 y 260
GAUNA, ESTEBAN MACHAGAI LAS GARCITAS 1 PART. 201 INC. B 4
GESUALDO, ANDRES LA PLATA EVERTON 1 PART. 207
GIMENEZ, FABIO SAN LUIS ESTANCIA GDE. 2 PART. 186
GOMEZ, JUAN RIO GRANDE REAL MADRID 1 PART. 207
GRIOLIO, ALBERTO ESQUINA SANTA RITA 2 PART. 186
GRIOLIO, MILTON ESQUINA SANTA RITA 2 PART. 186
HUARACAN, CESAR (AUX) RIO GRANDE REAL MADRID 2 PART. 186 y 260
HUARACAN, ROBERTO (AUX) RIO GRANDE REAL MADRID 2 PART. 186 y 260
LARRONDO, LUCAS RIVADAVIA DEP. 3 ALGARROBOS 1 PART. 207
LEGUIZAMON, VICTOR TUCUMAN SAN FERNANDO 1 PART. 207
LOPEZ, NORBERTO (DT) V. ANGELA DEP. COMERCIO 1 PART. 186 y 260
LUNA, MARCOS LA RIOJA A. TESORIERI 1 PART. 207
LUNGHI, WALTER L. BLANCA AT. L. BLANCA 2 PART. 48 y 287 INC. 5
MACHUANIN, LUIS LAS BREÑAS ATALAYA 1 PART. 207
MARTINEZ, GUSTAVO CONCORDIA SALTO GRANDE 2 PART. 200 INC. A 1
MEDINA, DANIEL POSADAS EL BRETE 1 PART. 207
MELIQUEO, LEANDRO BARILOCHE INDEPENDIENTE 1 PART. 207
MENDEZ, FRANCO JUJUY A. H. ZAPLA 1 PART. 207
MILLAN, PEDRO SAN RAFAEL HURACAN 2 PART. 200 INC. A 1
MINELLA, MARTIN SANTA FE SANTA FE F. C. 1 PART. 208
MONTEROS, PABLO ORAN RIVER PLATE 1 PART. 207
MONTES, ALBERTO AT. T. LAUQUEN T. LAUQUEN 1 PART. 207
MORALES, JORGE TUNUYAN INDEPENDIETE 1 PART. 207
MORENO, LEONARDO (DT) AÑATUYA INDEPENDIENTE 2 PART. 186 y 260
MOROSO, PABLO SANTA FE SANTA FE F. C. 1 PART. 208
MOYANO, JORGE E. BUSTOS DEP. CHILECITO 1 PART. 207
NOVILLO, CLAUDIO (DT) V. MERCEDES SP. MERCEDES 3 PART. 48, 205 INC. "A" y 260
OLIVEIRA, CRISTIAN APOSTOLES ROSAMONTE 1 PART. 207
ORDOÑEZ, LUIS SAN LUIS ESTUDIANTES 2 PART. 186
ORELLANA, LUIS (AUX) AT. T. LAUQUEN T. LAUQUEN 1 PART. 287 INC. 5
PABLO, STER BARILOCHE ESTUDIANTES 1 PART. 207
PARRA, JORGE POSADAS EL BRETE 1 PART. 207
PEIRANO, LEONARDO V. OCAMPO O. FABRICA 1 PART. 207
PERALTA, MARCOS RIVADAVIA DEP. 3 ALGARROBOS 1 PART. 207
PERALTA, RUBEN GUEMES UNION 2 PART. 186 y 260
PEREYRA, DIEGO LA PLATA EVERTON 1 PART. 201 INC. B 1
PEREYRA, HECTOR (DT) LUJAN UTA 1 PART. 186 y 260
PEREZ, RAMON (DT) V. VIEJO M. MORENO 2 PART. 186 y 260
PORTILLO, SERGIO LUJAN CAMIONERO 1 PART. 207
RAMIREZ, DIEGO CORRIENTES HURACAN 1 PART. 287 INC. 5
RAMIREZ, RUBEN RIVADAVIA DEP. 3 ALGARROBOS 2 PART. 200 INC. A 1
ROBACIO, MARTIN ESQUEL SAN MARTIN 1 PART. 287 INC. 5
RODRIGUEZ, MAURO TUCUMAN ÑUÑORCO 1 PART. 207
ROGOLINO, HORACIO (AUX) V. CONSTITUCION ARROYO SECO A. C. 2 PART. 48, 186 y 260
RUELLI, JULIAN V. CONSTITUCION UNION 1 PART. 208
RUIZ DIAZ, HECTOR CORRIENTES HURACAN 1 PART. 287 INC. 5
RUSS, JORGE (AUX) C. RIVADAVIA J. NEWBERY 2 PART. 186 y 260
SAENZ VALIENTE, PABLO LAPRIDA J. NEWBERY 2 PART. 200 INC. A 1
SALINAS, JOSE C. RIVADAVIA J. NEWBERY 1 PART. 207
SANABRIA, GILBERTO FORMOSA SOL DE MAYO 1 PART. 207
SAURO, HECTOR MENDOZA HURACAN 1 PART. 204
SCAPPINI, CARLOS ELDORADO MADO 2 PART. 48 y 201 INC. B 1
SCHWEIZER, EDUARDO (AUX) ESQUINA SANTA RITA 2 PART. 186 y 260
SGOBBA, PAOLO TUNUYAN INDEPENDIETE 2 PART. 200 INC. A 9
SILVA, HUGO NEUQUEN MARONESE 1 PART. 208
SORIA, GONZALO 25 DE MAYO ARGENTINOS 1 PART. 207
SOSA, MANUEL AÑATUYA CTRAL. ARGENTINO 2 PART. 200 INC. A 7
SPOTTI, MAXIMILIANO SANTA FE ARG. SAN CARLOS 1 PART. 207
STER, PABLO BARILOCHE ESTUDIANTES 1 PART. 207
STOARDO, SEBASTIAN AT. REGINA CIPOLLETTI 1 PART. 207
TEJERA, NICOLAS ESQUEL SAN MARTIN 1 PART. 207
THOME, JORGE PERGAMINO ARGENTINO 1 PART. 201 INC. A
TORRES, HECTOR (AUX) EL CARMEN AT. EL CARMEN 2 PART. 186 Y 260
TORRICO, JORGE TARTAGAL U. MADEREROS 1 PART. 208
VARGAS, JOSE CHILECITO LOS CHUYOS 1 PART. 207
VAZQUEZ, PEDRO E. BUSTOS LA CONSULTA 2 PART. 186
VERA, CRISTIAN (AUX) C. RIVADAVIA J. NEWBERY 2 PART. 186 y 260
VILLAGRA, PABLO CAMPANA SP. LA FUEGUINA 1 PART. 207
WALKER, DAMINAN ESPERANZA LIBERTAD 4 PART. 185
ZARATE, CARLOS LA RIOJA RIOJA JRS. 1 PART. 207
VISTA
PARTIDO Nº 1 - SP. MERCEDES (V. MERCEDES).-
PARTIDO Nº 1 - SP. ESTUDIANTES (SAN LUIS).-
PARTIDO Nº 43 - J. AGRARIA (LAS BREÑAS).-
PARTIDO Nº 92 - FERROCARRIL (VIEDMA).-
NOTA: En las sanciones que anteceden se aplicó el Art. 220 del Reglamento de Transgresiones y Penas.
Buenos Aires, del 09/03/2010
EXPEDIENTE Nº 791/10 - TORNEO DEL INTERIOR 2010
Buenos Aires, 9 de marzo de 2010.-
Partido del 24/01/10 – Ferrocarril (Viedma) Vs. Independiente (Río Colorado).-
VISTO
El informe producido por el árbitro del partido, mediante el cual nos hace saber: “...Una vez finalizado el encuentro con total normalidad, observo que en el banco de suplentes del equipo local se produce un tumulto entre una persona que irrumpió por el túnel perteneciente a la parcialidad local quien le tira con una botella con agua que tenia en sus manos el jugador Nº 6 de Independiente (RC) Sr. Martínez Francisco DNI 32873111 quien reacciona con un golpe de puño, a esta acción se sumo el jugador Nº 9 del equipo local Sr. Mario Martínez DNI 28616274 quien arremete con un golpe de puño al jugador Nº 6 del equipo de Independiente (RC); en ese momento ingreso por sobre el alambrado de contención otro integrante de la parcialidad local quien agredió directamente al jugador Nº 6 Independiente (RC) antes nombrado. Se disponían al ingreso del túnel, el cual estaba muy cerca del alambre y no había nada que cubra cualquier tipo de agresión, el jugador Nº 14 de Independiente Sr. Taboada ...” (sic); y,
CONSIDERANDO
1) Que mediante nota Nº 08/10 el Tribunal de Disciplina, corrió traslado del citado informe, a la Liga Rionegrina de Fútbol, con la finalidad de que el Sr. José Camejo (Defensa y Justicia), ejerciera su derecho de defensa.-
2º) Que el Club Sportivo Ferrocarril, en su descargo manifiesta lo siguiente: “...Que cuando culminó el encuentro, rápidamente el Nº 6 visitante, el Sr. FRANCISCO MARTINEZ se dirigió al túnel, encontrando en el camino al encargado del campo de juego César Figueroa, quien al manifestarle “ya te abro” (según relato posterior del “canchero”), el jugador lo escupió seguramente entendido otra cosa, por lo que Figueroa reaccionó y lo corrió por la acción del jugador, llegando hasta detrás del banco de suplentes de ferro, donde el jugador visitante agarra una botella plástica de agua y se la arrojó al canchero, agarrándose contra el alambrado. Que inmediatamente se efectúa un tumulto entre jugadores locales y visitantes...” (sic).-
Que a criterio de este Tribunal, los informes arbítrales constituyen semiplena prueba de lo que ellos contienen y sólo pueden ser desacreditados mediante el aporte de pruebas fehacientes en contrario.-
3º) Que los incidentes producidos por el Club Sportivo Ferrocarril, deben encuadrarse en lo previsto en el art. 90 del Reglamento de Transgresiones y Penas, y sancionarse con la pena de doscientas (200) .-
Por ello, el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior:
RESUELVE
1°) SANCIONAR AL CLUB SPORTIVO FERROCARRIL (VIEDMA – RIO NEGRO), CON LA PENA DE DOSCIENTAS (200) ENTRADAS (ART. 90 DEL REGLAMENTO DE TRANSGRESIONES Y PENAS).-
2°) PÚBLIQUESE y NOTIFÍQUESE.-
EXPEDIENTE Nº 802/10 – TORNEO DEL INTERIOR 2010
Buenos Aires, 9 de marzo de 2010.-
Partido del 31/01/10 – Petrolero (Neuquen) Vs. Unión Alem (Cipolletti).-
VISTO
El informe producido por el árbitro del partido, mediante el cual nos hace saber: “...Informo que una vez finalizado el encuentro entre los mencionados equipos: inmediatamente personal ajeno a lo notificado en planilla; perteneciente a la parcialidad local, realiza ingreso al sector del campo de juego atravez del tunel que conduce a la cancha desde los vestuarios con claras intenciones de agrecion a la terna arbitral, no pudiendo lograrlo por el accionar del operativo policial, logrando sacarlos del campo de juego. Así mismo debimos mantenernos en el centro del campo de juego un lapso de 20`minutos, ya que la parcialidad local continuo la agresión desde la tribuna, arrojando elementos contundentes y cortantes, entre ellos (piedras, botellas, trozos de hielo, etc.) hacia nuestras personas, haciendo así imposible la llegada al sector del tunel vestuarios; debido a que la ubicación de este lo hace riesgosa en caso de incidentes o disturbios, al encontrarse, muy proxima y rodeada por la tribuna local y no teniendo una protección para su ingreso...” (sic); y,
CONSIDERANDO
1) Que mediante nota Nº 15/10 el Tribunal de Disciplina, corrió traslado del citado informe, a la Liga de Fútbol del Neuquen, con la finalidad de que el Club Petrolero ejerciera su derecho de defensa.-
Que el descargo aludido fue recibido en la Liga de Fútbol del Neuquen, con fecha 08 de febrero de 2010, según constancia que se tiene a la vista (acuse de recibo 1 AB 3017018-8) y que no mereció respuesta hasta la fecha del Club Petrolero, motivo por el cual corresponde darle por decaído el derecho que ha dejado de usar y juzgar su conducta en rebeldía.-
Que a criterio de este Tribunal, los informes arbítrales constituyen semiplena prueba de lo que ellos contienen y sólo pueden ser desacreditados mediante el aporte de pruebas fehacientes en contrario.-
3º) Que los incidentes producidos por el Club Petrolero, deben encuadrarse en lo previsto en el art. 80 inc. “b” y “c” del Reglamento de Transgresiones y Penas, y sancionarse con la pena de cien (100) entradas por el término de tres (3) fechas.-
Por ello, el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior:
RESUELVE
1°) SANCIONAR AL CLUB PETROLERO (NEUQUEN), CON LA PENA DE CIEN (100) ENTRADAS POR EL TERMINO DE TRES (3) FECHAS (ART. 80 INC. “B”” y “C” DEL REGLAMENTO DE TRANSGRESIONES Y PENAS).-
2°) PÚBLIQUESE y NOTIFÍQUESE.-
EXPEDIENTE Nº 870/10 – TORNEO DEL INTERIOR 2010
Partido del 06/03/10
Buenos Aires, 9 de marzo de 2010.-
VISTO y CONSIDERANDO:El árbitro Roberto Maglio informó al Tribunal, respecto del partido que disputaron Unión Güemes y Altos Hornos Zapla por el Torneo del Interior 2009/2010, que “…..todo estos incidentes ocurrio en el sector que estaba la parcialidad de Zapla quienes comenzaron a arrojar piedras y trozos de ladrillos al campo de juego, impactando uno de estos en la cabeza del jugador n° 6 de Unión Güemes D.N.I. 32.629.751 Carrizo Juan causandole una herida cortante de aproximadamente 6 a 7 cm por lo cual sangraba abundantemente, inmediatamente fue trasladado al hospital local, lo que la policía comenzo a reprimir con balas de goma primero y bastonazos empezo a desalojar a la parcialidad visitante, transcurrido 10 minutos y no estar dada las condiciones de seguridad di por suspendido el partido...” (sic).
2°) El Tribunal resolvió dar traslado de la acusaci ón al Club A. H. Zapla, para que ejerciera el derecho de defensa que le asiste (art. 7 del R.T.P.).
El Club Altos Hornos Zapla presentó su descargo donde señala como principal causa de responsabilidad a los desmanes del jugador Cenardo de Unión Güemes, por la agresión a otro jugador.
Expresan que no comparten la reacción de sus parciales. Exponen que les merece un párrafo aparte el accionar de la policía, pues señalan que el estadio no debió ser habilitado, en la medida que no se encontraba libre de escombros.
3°) Que tiene dicho el Tribunal que los informes ar bitrales constituyen semiplena prueba de lo que en ellos contienen y sólo mediante el aporte de prueba fehaciente en contrario, puede desacreditarse el valor que se les confiere.
Debe dejarse constancia que los jugadores involucrados en los episodios que merecieron sus expulsiones, han sido sancionados por Boletín y sólo se tratará en esta instancia el motivo que determinó la suspensión del partido.
4°) Que los incidentes que produjeron la lesión del jugador Carrizo, fue ocasionada por el comportamiento de la parcialidad del club Altos Hornos Zapla; ello no fue refutado por el club acusado y por lo normado en el art. 80 inc. “a” y “c” y cuarto apartado, debe sancionarse al Club Altos Hornos Zapla con multa de 100 entradas por cada una de tres fechas, más la pérdida del partido que disputaban con Unión Güemes registrándose el resultado de conformidad a lo que establece el art. 152 del R.T.P.
Por ello el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior
RESUELVE:
1°) DAR POR CONCLUIDO EL PARTIDO QUE DISPUTABAN LOS EQUIPOS UNION GüEMES VS ALTOS HORNOS ZAPLA POR EL TORNEO DEL INTERIOR 2010. (ART. 32 DEL R.T.P.).
2°) DAR POR PERDIDO EL PARTIDO AL CLUB ALTOS HORNOS ZAPLA POR SER SU PARCIALIDAD LA QUE CAUSÓ LOS DESÓRDENES QUE MOTIVARON LA SUSPENSIÓN DEL PARTIDO (ARTS. 32, 80 LETRAS, “A”, “C” y CUARTO APARTADO DEL R.T.P.)
3°) REGISTRAR EL SIGUIENTE RESULTADO: UNION GüEMES 1- ALTOS HORNOS ZAPLA 0. (ART. 152 DEL R.T.P.).
4°) SANCIONAR CON LA MULTA DE 100 ENTRADAS POR CADA UNA DE TRES FECHAS AL CLUB ALTOS HORNOS DE ZAPLA, POR LOS DISTURBIOS PRODUCIDOS POR SUS PARCIALES (ARTS. 32, 80 LETRAS A y C DEL R.T.P.)
5°) PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE y ARCHÍVESE.
EXPEDIENTE Nº 871/10 – TORNEO DEL INTERIOR 2010
Buenos Aires, 9 de marzo de 2010.-
VISTO y CONSIDERANDO:
1°) Que el Club Jorge Newbery de la Ciudad de Lober ía Provincia de Buenos Aires, de la Liga Necochea de Fútbol, por nota dirigida a la liga y por conducto de esta al Consejo Federal se pronuncia sobre su decisión de desertar del Torneo del Interior edición 2010.
Argumenta en su comunicación que fueron sorprendidos por la disposición del CO.PRO.SE.DE de comunicarles que su estadio no estaba habilitado para participar en el torneo, pues ellos habían realizado las mejoras que les fueron indicadas.
2°) La Liga Necochea de Fútbol en la comunicación a l Consejo Federal expresó que arbitro los medios a su alcance para permitirle al club que juegue sin costos en estadios de la Ciudad de Necochea.
3°) Anoticiado de ello el Consejo Federal dispuso q ue los encuentros eliminatorios que debía disputar el Club Jorge Newbery no se llevaran a cabo, y de ello anoticio por conducto de la Marplatense de Fútbol al Club Cadetes San Martín.
4°) Que el Consejo Federal dispuso girar las actuaciones a este Tribunal para que se evalúe la posible aplicación de sanciones al club que ha desertado del torneo.
En este sentido la deserción del campeonato, además de producir un entorpecimiento en el desarrollo del mismo, encuentra respuesta normativa en el art. 75 del reglamento del torneo del interior.
El artículo 75 de este reglamento establece como sanción la automática eliminación del certamen; la aplicación de sanción pecuniaria en relación a los previsto en el art. 74 letra “a” (Art. 75 letra “b”), que resulta de aplicación la sanción prevista en el art. 109 del R.T.P. con más la inhabilitación por el término de tres años para intervenir en todo tipo de torneos y sólo podrá participar en los campeonatos oficiales de la liga.
De las actuaciones que forman este legajo no surge responsabilidad concurrente de la Liga Necochea de Fútbol.
Por ello el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior
RESUELVE:
1°) SANCIONAR AL CLUB JORGE NEWBERY DE LA CIUDAD DE LOBERIA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, PERTENECIENTE A LA LIGA NECOCHEA DE FÚTBOL, CON LAS SIGUIENTES PENAS:
A) LA ELIMINACIÓN DEL TORNEO DEL INTERIOR 2010;
-B) MULTA POR EL VALOR DE QUINIENTAS SETENTA y CINCO- 575- ENTRADAS POR TRES FECHAS (OCHO MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO ($ 8.625,00) QUE DEBERÁ DEPOSITARSE EN EL CONSEJO FEDERAL EN EL TÉRMINO DE DIEZ DIAS DE NOTIFICADA LA PRESENTE;
- C) INHABILITAR POR TRES AÑOS AL CLUB JORGE NEWBERY DE LOBERIA PARA PARTICIPAR EN TORNEOS OFICIALES O AMISTOSOS SALVO EL TORNEO DE LA LIGA, SIEMPRE QUE NO EXISTA DISPOSICIÓN EN CONTRARIO DE ESTA ( ART. 60 DEL REGLAMENTO DEL CONSEJO FEDERAL; 32 y 109 DEL R.T.P; ART. 74 LETRA “a” y 75 INCISOS “a, b, y c DEL REGLAMENTO DEL TORNEO DEL INTERIOR 2010.
2°) DECLARAR EXIMIDA DE RESPONSABILIDAD A LA LIGA NECOCHEA DE FÚTBOL.(Art. 75 REGLAMENTO DEL TORNEO DEL INTERIOR).
3°) COMUNÍQUESE AL CONSEJO FEDERAL; PUBLÍQUESE,
NOTIFIQUESE AL CLUB JORGE NEWBERY POR CONDUCTO DE LA LIGA y FECHO, ARCHÍVESE.
PARTIDO "75"MONES CAZON CAYÓ D ELOCAL ANTE ONCE TIGRES POR 4 A 2
El primer partido del choque entre Atlético de Mones Cazón y Once Tigres dejó la victoria para el conjunto visitante de 9 de Julio, por 4 a 2. Al término del encuentro, el volante central Frizenda comentaba a NOTICIAS que su objetivo es ascender al Argentino B y desde ese aspecto trabaja el equipo auriazul.
El domingo se pudo observar una mayor concurrencia de público al Alberto Irigoyen, pero, a decir verdad (más allá de que había llegado en mayor proporción público del local) la gente de Once Tigres se acercó en buena cantidad, çdesplegando banderas y sobre el inicio del cotejo arribó una banda con la consigna de alentar.- - - - -Hasta el tanto de tiro libre de Maccagnani, ejecutado con gran precisión, Atlético había tenido sus oportunidades, y había nivelado el juego. Es más, después del tercer gol, el local tuvo una oportunidad de empatar después de un rebote que se perdió muy cerca, cuando José Moretti llegó exigido para tocar la pelota.- - - - -El partido tuve quiebres dentro de cada tiempo. Siempre comenzó mejor Once Tigres, y con el correr de los minutos mejoró Atlético. De hecho, en el inicio de cada parcial (y cuando reiniciaron después de refrescarse) fue el conjunto de Abdeneve que marcó en el tanteador. Siempre por intermedio del mediocampista González. En la primera parte tras conectar de cabeza y en la segunda de derecha, las dos veces tras pase de la figura del encuentro: Ascaini.- - - - -Cuando Atlético logró nivelar el juego, después de cada conversión y al inicio de cada período, mostró las dificultades en defensa del conjunto de 9 de Julio. Bernard fue el más inquieto para aparecer a espaldas del "doble 5" rival, generando espacios con Hidalgo. Así llegó el empate de Funes, tras centro desde la izquierda.- - - - -Cada equipo propuso dos dibujos disímiles. El local con un dibujo más tradicional con cuatro en el fondo, tres medios, un enlace y dos puntas. Enfrente, la visita apostó a tres jugadores en la última línea, cuatro volantes definidos, un enlace y dos puntas. Pero más allá del dibujo, la diferencia a favor de cada equipo se sustentó por un lado cuando Once Tigres pudo presionar, y soltar a Gonzáles detrás de la línea media de Pehuajó. Después, cuando fue Atlético el que mostró su mejor cara, llegó a través de adelantarse en el terreno y establecer un juego asociado. Así, por instantes, jugó mejor que la visita.- - - - -Con el primer tiempo de trámite parejo, el encuentro se quebró después del 3 a 2. Ya había empezado a insinuar más seriamente la visita, y aprovechó dos errores de la defensa de Pehuajó, cuando quiso jugar la bocha desde el fondo. Primero generó el tiro libre cerca del área y, después del penal, para que Ascaini decrete el resultado final y un premio a su juego. Por el lado del representativo de Pehuajó, éste empezó a perder profundidad después de la salida de Bernard. En los minutos finales, Once Tigres aseguró el triunfo que lo deja más tranquilo de cara a la revancha. Atlético tiene la obligación de ganar por dos goles de diferencia para llegar a la definición por penales.
AGARDECEMOS A www.noticiaspehuajo.com
El domingo se pudo observar una mayor concurrencia de público al Alberto Irigoyen, pero, a decir verdad (más allá de que había llegado en mayor proporción público del local) la gente de Once Tigres se acercó en buena cantidad, çdesplegando banderas y sobre el inicio del cotejo arribó una banda con la consigna de alentar.- - - - -Hasta el tanto de tiro libre de Maccagnani, ejecutado con gran precisión, Atlético había tenido sus oportunidades, y había nivelado el juego. Es más, después del tercer gol, el local tuvo una oportunidad de empatar después de un rebote que se perdió muy cerca, cuando José Moretti llegó exigido para tocar la pelota.- - - - -El partido tuve quiebres dentro de cada tiempo. Siempre comenzó mejor Once Tigres, y con el correr de los minutos mejoró Atlético. De hecho, en el inicio de cada parcial (y cuando reiniciaron después de refrescarse) fue el conjunto de Abdeneve que marcó en el tanteador. Siempre por intermedio del mediocampista González. En la primera parte tras conectar de cabeza y en la segunda de derecha, las dos veces tras pase de la figura del encuentro: Ascaini.- - - - -Cuando Atlético logró nivelar el juego, después de cada conversión y al inicio de cada período, mostró las dificultades en defensa del conjunto de 9 de Julio. Bernard fue el más inquieto para aparecer a espaldas del "doble 5" rival, generando espacios con Hidalgo. Así llegó el empate de Funes, tras centro desde la izquierda.- - - - -Cada equipo propuso dos dibujos disímiles. El local con un dibujo más tradicional con cuatro en el fondo, tres medios, un enlace y dos puntas. Enfrente, la visita apostó a tres jugadores en la última línea, cuatro volantes definidos, un enlace y dos puntas. Pero más allá del dibujo, la diferencia a favor de cada equipo se sustentó por un lado cuando Once Tigres pudo presionar, y soltar a Gonzáles detrás de la línea media de Pehuajó. Después, cuando fue Atlético el que mostró su mejor cara, llegó a través de adelantarse en el terreno y establecer un juego asociado. Así, por instantes, jugó mejor que la visita.- - - - -Con el primer tiempo de trámite parejo, el encuentro se quebró después del 3 a 2. Ya había empezado a insinuar más seriamente la visita, y aprovechó dos errores de la defensa de Pehuajó, cuando quiso jugar la bocha desde el fondo. Primero generó el tiro libre cerca del área y, después del penal, para que Ascaini decrete el resultado final y un premio a su juego. Por el lado del representativo de Pehuajó, éste empezó a perder profundidad después de la salida de Bernard. En los minutos finales, Once Tigres aseguró el triunfo que lo deja más tranquilo de cara a la revancha. Atlético tiene la obligación de ganar por dos goles de diferencia para llegar a la definición por penales.
AGARDECEMOS A www.noticiaspehuajo.com
PARTIDO 76----PLAZA ESPAÑA VENCIÓ 2 A 0 A A. NAON Y DIO UN GRAN PASO ADELANTE
Sebastián Gómez en la primera etapa y Javier Radiciotti -en contra- en la segunda, los goles del elenco veinticinqueño que dio un paso importante para seguir en carrera en el Torneo del Interior. Monterrosa había marrado un penal cuando el encuentro estaba 1 a 0.
Con conquistas de Sebastián Gómez y del defensor Javier Radiciotti en contra de su propia valla, Plaza España se impuso por dos a cero a Atlético Naón de 9 de Julio, por el choque de ida de los play off del Torneo del Interior de fútbol.
Un encuentro que al final de la tarde tuvo al elenco veinticinqueño como justo vencedor porque supo manejar las instancias a su manera y si bien en ciertos pasajes del partido debió soportar algunos sofocones, fue más que nada producto de errores propios que virtudes del rival.
El juego arrancó con Plaza España haciéndose dueño del balón, pues contó nuevamente con Sebastián Gómez como el estratega fundamental y fue así que las situaciones empezaron a llegar como la que se produjo a los 10 minutos. Gran triangulación entre Petriz, Gómez y Cáncer pero la acción no tuvo un "final feliz" porque el delantero Hernán Marín, entrando sólo por detrás de sus marcadores; la desperdició.
El elenco de Quintana era más, el de Buffone sólo tibios intentos, hasta que promediando el cuarto de hora el "dragón" logró ponerse arriba en el tanteador.
Pase largo de Gómez para Petriz a la espalda del marcador de punta izquierda Alejandro Quiroga. El platense dominó y envió el centro que Abel Cristi despejó corto y Gómez que venía acompañando la jugada con un soberbio zurdazo dejó sin chances al buen arquero Agustín Tudesco para decretar así el 1 a 0 parcial.
Gol muy festejado por parte del enganche que volvía a anotarse en la red, pero también por los casi cien simpatizantes que recorrieron los 120 kilómetros para acompañar al equipo.
A partir de allí Plaza España se tranquilizó y comenzó a hacer lo que mejor sabe, mover el balón por abajo para "lastimar" en el momento justo; pero en definitiva terminó abusando del pelotazo y eso favoreció el desempeño de los defensas nuevejulienses.
La primera de Naón se produjo recién cuando el reloj marcaba los 20 minutos. Manuel González escaló por el sector izquierdo y envió una perfecta habilitación para la entrada del delantero Maxi Gómez que le ganó en el salto a Prienza, pero el impacto salió defectuoso.
A los 25 estuvo Plaza España a "tiro" de marcar el segundo pero Tudesco, rápido de piernas, le ahogó el grito a Lustó.
Pasada la media hora de juego, Guillermo Mariani fue el protagonista de la situación más clara para su equipo, pero bueno... en el arco "rojinegro" estaba Damián Goggi quien hizo fácil lo difícil ya que achicó rápidamente y el "10" de los "rojos" no pudo definir cómodamente.
En los últimos minutos el cotejo se volvió de ida y vuelta pese a que la temperatura a esta altura de la tarde era sofocante.
Y cuando la primera parte se "moría", nuevamente Tudesco le impidió al "dragón" festejar el segundo.
Buena jugada iniciada por Cáncer quien alargó para Alayón. El marcador de punta llegó hasta el fondo y envió el pase para Marín que estaba mano a mano con el portero, pero el saladillense inexplicablemente definió mal.
No había tiempo para más y con la victoria parcial para Plaza España, los elencos se fueron a los vestuarios.
Un triunfo que estaba bien. La producción del equipo de Diego Quintana era aceptable aunque hubiese sacado mayores dividendos si jugaba la pelota contra el piso, como lo hizo en ciertos pasajes -luego de haber convertido el gol-, y no tanto al pelotazo.
Triunfo con penal errado y gol en contra
La etapa complementaria fue similar a la primera, porque desde el arranque nomás una subida de Pablo Monterrosa generó una situación clara aunque Lustó, sin marcas y con todo el "tiempo del mundo", definió mal.
El elenco de Quintana era superior, pero se relajó y eso hizo que Naón se animara a ir por más. Si bien un tanto desorganizado, el local generó algunas situaciones como para empatar el encuentro.
Primero, a los 16 con una media vuelta de Maxi Gómez, que Goggi se tuvo que esforzar para atrapar.
El medio de Plaza España no agarraba la pelota. Empero cuando la conseguía, Sebastián Gómez no tenía con quien tocar y por ende terminaba tirando pelotazos intrascendentes que favorecían el juego del rival.
Con el ingreso de Ángel Candia y más tarde de "Chifu" González, el equipo veinticinqueño se acomodó y fue ahí cuando nuevamente empezaron a surgir las jugadas de riesgo, como la que protagonizó Monterrosa quién por enésima vez ganó la cuerda enviando el centro atrás y Lustó no alcanzó a conectar.
Lo tuvo Candia en una espectacular "tijera" luego de un tiro de esquina de Gómez, pero el arquero estirándose cuan largo es su cuerpo pudo despejar.
La sensación era que en cualquier momento el "rojinegro" estiraba la diferencia y fue así que a los 36, Abel Gómez derribó a su homónimo de Plaza España y el árbitro Herrera -muy cerca de la acción- no dudó ni un instante y sancionó la pena máxima y amonestó al defensor.
Como todos los penales tomó la ejecución el capitán Pablo Monterrosa quien a la orden del árbitro remató a la izquierda del arquero, pero la pelota dio en el palo y se perdió por la última línea.
No le sobraba mucho al visitante en cuanto al resultado y Naón en los últimos minutos se la jugaba a "matar o morir". Y tuvo el empate a los 42, mediante el ingresado Burgueño, pero Hugo Castaño salvó en la línea de sentencia.
Y fue así que a los 45 mediante un contragolpe, Plaza España "lo liquidó". Tomó una habilitación Candia que dejó en el camino a Quiroga y llegando a la última línea envió el centro para la entrada de Sebastián Gómez, pero Radiciotti en su afán de despejar el peligro no hizo más que introducir la pelota en su propio arco.
Con cuatro minutos de adicional al reglamentario, el árbitro Darío Herrera dio por finalizado el juego.
Un partido que Plaza España ganó bien, pero dejó al descubierto algunos errores que seguramente Diego Quintana y Horacio Amboselli tratarán de corregir, pensando en la revancha del próximo domingo, pero más que nada en lo que se viene después.
AGRADECEMOS A LA MAÑANA DE 25 DE MAYO
Con conquistas de Sebastián Gómez y del defensor Javier Radiciotti en contra de su propia valla, Plaza España se impuso por dos a cero a Atlético Naón de 9 de Julio, por el choque de ida de los play off del Torneo del Interior de fútbol.
Un encuentro que al final de la tarde tuvo al elenco veinticinqueño como justo vencedor porque supo manejar las instancias a su manera y si bien en ciertos pasajes del partido debió soportar algunos sofocones, fue más que nada producto de errores propios que virtudes del rival.
El juego arrancó con Plaza España haciéndose dueño del balón, pues contó nuevamente con Sebastián Gómez como el estratega fundamental y fue así que las situaciones empezaron a llegar como la que se produjo a los 10 minutos. Gran triangulación entre Petriz, Gómez y Cáncer pero la acción no tuvo un "final feliz" porque el delantero Hernán Marín, entrando sólo por detrás de sus marcadores; la desperdició.
El elenco de Quintana era más, el de Buffone sólo tibios intentos, hasta que promediando el cuarto de hora el "dragón" logró ponerse arriba en el tanteador.
Pase largo de Gómez para Petriz a la espalda del marcador de punta izquierda Alejandro Quiroga. El platense dominó y envió el centro que Abel Cristi despejó corto y Gómez que venía acompañando la jugada con un soberbio zurdazo dejó sin chances al buen arquero Agustín Tudesco para decretar así el 1 a 0 parcial.
Gol muy festejado por parte del enganche que volvía a anotarse en la red, pero también por los casi cien simpatizantes que recorrieron los 120 kilómetros para acompañar al equipo.
A partir de allí Plaza España se tranquilizó y comenzó a hacer lo que mejor sabe, mover el balón por abajo para "lastimar" en el momento justo; pero en definitiva terminó abusando del pelotazo y eso favoreció el desempeño de los defensas nuevejulienses.
La primera de Naón se produjo recién cuando el reloj marcaba los 20 minutos. Manuel González escaló por el sector izquierdo y envió una perfecta habilitación para la entrada del delantero Maxi Gómez que le ganó en el salto a Prienza, pero el impacto salió defectuoso.
A los 25 estuvo Plaza España a "tiro" de marcar el segundo pero Tudesco, rápido de piernas, le ahogó el grito a Lustó.
Pasada la media hora de juego, Guillermo Mariani fue el protagonista de la situación más clara para su equipo, pero bueno... en el arco "rojinegro" estaba Damián Goggi quien hizo fácil lo difícil ya que achicó rápidamente y el "10" de los "rojos" no pudo definir cómodamente.
En los últimos minutos el cotejo se volvió de ida y vuelta pese a que la temperatura a esta altura de la tarde era sofocante.
Y cuando la primera parte se "moría", nuevamente Tudesco le impidió al "dragón" festejar el segundo.
Buena jugada iniciada por Cáncer quien alargó para Alayón. El marcador de punta llegó hasta el fondo y envió el pase para Marín que estaba mano a mano con el portero, pero el saladillense inexplicablemente definió mal.
No había tiempo para más y con la victoria parcial para Plaza España, los elencos se fueron a los vestuarios.
Un triunfo que estaba bien. La producción del equipo de Diego Quintana era aceptable aunque hubiese sacado mayores dividendos si jugaba la pelota contra el piso, como lo hizo en ciertos pasajes -luego de haber convertido el gol-, y no tanto al pelotazo.
Triunfo con penal errado y gol en contra
La etapa complementaria fue similar a la primera, porque desde el arranque nomás una subida de Pablo Monterrosa generó una situación clara aunque Lustó, sin marcas y con todo el "tiempo del mundo", definió mal.
El elenco de Quintana era superior, pero se relajó y eso hizo que Naón se animara a ir por más. Si bien un tanto desorganizado, el local generó algunas situaciones como para empatar el encuentro.
Primero, a los 16 con una media vuelta de Maxi Gómez, que Goggi se tuvo que esforzar para atrapar.
El medio de Plaza España no agarraba la pelota. Empero cuando la conseguía, Sebastián Gómez no tenía con quien tocar y por ende terminaba tirando pelotazos intrascendentes que favorecían el juego del rival.
Con el ingreso de Ángel Candia y más tarde de "Chifu" González, el equipo veinticinqueño se acomodó y fue ahí cuando nuevamente empezaron a surgir las jugadas de riesgo, como la que protagonizó Monterrosa quién por enésima vez ganó la cuerda enviando el centro atrás y Lustó no alcanzó a conectar.
Lo tuvo Candia en una espectacular "tijera" luego de un tiro de esquina de Gómez, pero el arquero estirándose cuan largo es su cuerpo pudo despejar.
La sensación era que en cualquier momento el "rojinegro" estiraba la diferencia y fue así que a los 36, Abel Gómez derribó a su homónimo de Plaza España y el árbitro Herrera -muy cerca de la acción- no dudó ni un instante y sancionó la pena máxima y amonestó al defensor.
Como todos los penales tomó la ejecución el capitán Pablo Monterrosa quien a la orden del árbitro remató a la izquierda del arquero, pero la pelota dio en el palo y se perdió por la última línea.
No le sobraba mucho al visitante en cuanto al resultado y Naón en los últimos minutos se la jugaba a "matar o morir". Y tuvo el empate a los 42, mediante el ingresado Burgueño, pero Hugo Castaño salvó en la línea de sentencia.
Y fue así que a los 45 mediante un contragolpe, Plaza España "lo liquidó". Tomó una habilitación Candia que dejó en el camino a Quiroga y llegando a la última línea envió el centro para la entrada de Sebastián Gómez, pero Radiciotti en su afán de despejar el peligro no hizo más que introducir la pelota en su propio arco.
Con cuatro minutos de adicional al reglamentario, el árbitro Darío Herrera dio por finalizado el juego.
Un partido que Plaza España ganó bien, pero dejó al descubierto algunos errores que seguramente Diego Quintana y Horacio Amboselli tratarán de corregir, pensando en la revancha del próximo domingo, pero más que nada en lo que se viene después.
AGRADECEMOS A LA MAÑANA DE 25 DE MAYO
PARTIDO 77 CURUZÚ CUATÍA CAYÓ EN SU ESTADIO 3A 2 ANTE UNO D ELOS PRINCIPALES CANDIDATOS DE ASCENSO
Cuando el equipo de Philipp estaba más para marcar el cuarto que para sufrir un descuento, llegó un remate inesperado de Concensao y así Curuzú Cuatiá logró achicar la diferencia y mantenerse "vivo". Lucas Rodríguez anotó dos goles y el tercero fue una joyita de Yegros. Fue clave el segundo tanto un minuto después de la igualdad transitoria del local. César Lagoria fue el mejor del partido, y también jugaron en muy buen nivel Nieto, Cano en el primer tiempo y Santos en el segundo. Se sigue jugando, en segunda fase, en una cancha impresentable, vaya uno a saber porqué
Ganó Coreano y dio un paso adelante para seguir avanzando en el Torneo del Interior en busca del gran objetivo. Y más allá de la bronca final por ese gol que Concensao sacó de otro planeta metiendo la pelota en el ángulo de Maidana sin proponérselo; la victoria es valiosísima y obliga a los platenses a ir a buscar el partido en la cancha de la Ruta 205.
En un campo de juego impresentable (tendría que explicar el Consejo Federal porqué se mantiene ese escenario en etapas decisivas), los dos equipos se prodigaron en una generosa entrega que dio lugar a un trámite entretenido y vibrante.
Arrancó más decidido Curuzú Cuatiá, con Massi como conductor y Sosa y Gramajo buscando en todo el frente de ataque, complicó al fondo de la visita que no hacía pie. Cada centro dolía, y en la mitad de la cancha no podía imponerse Santos como lo hizo después en el complemento. En medio de ese panorama, el zaguero local Quiroga metió un frentazo que dio en el horizontal con la defensa de Coreano mirando inexplicablemente, y enseguida una entrada de Massi terminó con un remate que sacó abajo Maidana.
Respondió Coreano más tarde generando dos situaciones claras. Un centro que Santos cabeceó en la boca del arco pero sin poder darle precisión. Y en la siguiente el que salvó su arco fue Fuentes, tapando tres veces el gol en la misma jugada, a Lagoria primero y a Rodríguez por dos. Fue un aviso de lo que pasaría a los 40 minutos, cuando Lagoria que gravitaba cada vez más hasta convertirse en el mejor de la cancha; ejecutó un tiro libre con jugada preparada, la recibió Rodríguez que cabeceó y luego recogió el rebote para ponerla lejos de Fuentes bien abajo.
Era el 1 a 0 que premiaba esa jugada elaborada de Coreano en un partido de trámite parejo que parecía encaminarse a un empate para ir al descanso. Pero el goleador apareció y miró al cielo ofrendando el gol a la mamá recientemente fallecida. Poco antes Maidana había tapado otra pelota soberbia ante remate de Gramajo.
Ese segundo gol clave...
Como era de esperar, salió decidido a buscar el empate el elenco platense desde el minuto cero del complemento, y aunque la respuesta defensiva de Coreano fue más equilibrada que en el primer tiempo; la igualdad fue una consecuencia lógica.
Se jugaban 11 minutos cuando una réplica de Curuzú Cuatiá tomó mal parada a la defensa visitante, se la jugó Maidana tapando el remate de Deri que entró solo, el rebote lo pescó Gramajo y dio en el palo, y finalmente la empujó Massi para terminar con el suspenso y desatar la alegría de la nutrida concurrencia que acompañó al ticolor.
Sin embargo la alegría duró un suspiro. Aún estaban frotándose las manos los hinchas por el empate, cuando llegó otro centro al área local, hubo una carambola con un despeje que dio en otro compañero, y le quedó servida a Lucas Rodríguez que, como goleador nato, no desaprovechó el obsequio.
El 2 a 1 fue un impacto duro para Curuzú y, por el contrario, le dio a Coreano chapa para manejar el trámite del encuentro. Creció muchísimo Santos, Nieto iba y venía incansable como siempre, y cada contragolpe era una amenaza para el fondo platense. Hasta que a los 22 llegó el golazo de Elio Yegros, que paró una pelota con el pecho y encaró el área por el vértice, amagó, midió el remate y la puso en el ángulo izquierdo de Fuentes cuya estirada no alcanzó.
Con el 3 a 1 se simplificó mucho más la cosa para la visita, aunque sufrió una baja sensible, ya que Nieto se lesionó seriamente en un codo y fue trasladado al Hospital de Gonet, donde en un primer momento se pensó que debía ser operado, pero finalmente fue enyesado y se estima que estará inactivo por el resto el torneo.
Cuatiá siguió buscando con mucho amor propio pero sin claridad, probó cien veces a la defensa rival con centros, y de contra pudo Coreano aumentar la ventaja, lo tuvieron Yegros y Mouzo.
Y cuando todo hacía pensar que el 3 a 1 era cosa terminada, en los 7 minutos exactos que había adicionado el árbitro (de muy discreta tarea), llegó ese envió de Concensao que se le metió en el ángulo a Maidana.
Coreano volvió a Lobos ganador, y ahora la obligación la tendrá Cuatiá, en un reducto más grande y ante un rival que ya ha dado muestras de manejar con inteligencia los partidos que lo tienen con ventaja.
La cita será el sábado 13 desde las 17 en el estadio de la Ruta 205. Noventa minutos para confirmar que el primer tramo de los play off está superado.
Agradecimiento profundo
Toda la dirigencia y cuerpo técnico del Deportivo Coreano, quieren hacer público su agradecimiento al señor Carballo, responsable de Relaciones Públicas de la Liga Platense de Fútbol, que permaneció junto a la delegación hasta que Juan Cruz Nieto abandonó el Hospital de Gonet ya enyesado.
SINTESIS DEL PARTIDO
Curuzú Cuatiá 2 vs. Deportivo Coreano 3
Juez: Diego Brindesi - Líneas: Cristian Fiz y Antonio Ortigoza.
CURUZU CUATIA
1- Ramiro Fuentes
2- Matías Quiroga
3- Alberto Lebán
4- Pablo Aguirre
5- Claudio Núñez
6- Marcos Concensao
7- Camilo Bochetti
8- Alan Deri
9- Emiliano Sosa
10- Leandro Massi
11- Jeremías Gramajo
Cambios: Pablo Liporachi por Núñez y Gonzalo Duro de Oliveira por Deri.
Suplentes: Gastón Gaudio, Facundo Barneche y Víctor Núñez.
DT: HORACIO ALDONATTI.
DEPORTIVO COREANO
1- Diego Maidana
2- Eduardo Masotto
3- Javier Gómez
4- Julio Oporto
5- Ariel Santos
6- Daniel López
7- Elio Yegros
8- Cristian Cano
9- Lucas Rodríguez
10- César Lagoria
11- Juan Cruz Nieto
Cambios: Walter Nicolás Gómez por Cano; Carlos Mouzo por Rodríguez y Ruben Salina por Nieto.
Suplentes: Walter Roberto Gómez y Matías Maldonado.
DT: MARCELO PHILIPP
PF: JAVIER OLGUIN
MEDICO: FRANCISCO PUGLIESSE
GOLES: PT, 40´ Lucas Rodríguez (DC). ST, 11´ Leandro Massi (CC); 12´ Lucas Rodríguez (DC); 22´ Elio Yegros (DC) y 52´ Marcos Concensao (CC).
Amonestados: Lebán y Bochetti en Curuzú Cuatiá; Oporto, Javier Gómez, Masotto, Santos y Salina en Coreano.
AGARDECEMOS A : Carlos A. Jáuregui Prensa Deportivo Coreano
Ganó Coreano y dio un paso adelante para seguir avanzando en el Torneo del Interior en busca del gran objetivo. Y más allá de la bronca final por ese gol que Concensao sacó de otro planeta metiendo la pelota en el ángulo de Maidana sin proponérselo; la victoria es valiosísima y obliga a los platenses a ir a buscar el partido en la cancha de la Ruta 205.
En un campo de juego impresentable (tendría que explicar el Consejo Federal porqué se mantiene ese escenario en etapas decisivas), los dos equipos se prodigaron en una generosa entrega que dio lugar a un trámite entretenido y vibrante.
Arrancó más decidido Curuzú Cuatiá, con Massi como conductor y Sosa y Gramajo buscando en todo el frente de ataque, complicó al fondo de la visita que no hacía pie. Cada centro dolía, y en la mitad de la cancha no podía imponerse Santos como lo hizo después en el complemento. En medio de ese panorama, el zaguero local Quiroga metió un frentazo que dio en el horizontal con la defensa de Coreano mirando inexplicablemente, y enseguida una entrada de Massi terminó con un remate que sacó abajo Maidana.
Respondió Coreano más tarde generando dos situaciones claras. Un centro que Santos cabeceó en la boca del arco pero sin poder darle precisión. Y en la siguiente el que salvó su arco fue Fuentes, tapando tres veces el gol en la misma jugada, a Lagoria primero y a Rodríguez por dos. Fue un aviso de lo que pasaría a los 40 minutos, cuando Lagoria que gravitaba cada vez más hasta convertirse en el mejor de la cancha; ejecutó un tiro libre con jugada preparada, la recibió Rodríguez que cabeceó y luego recogió el rebote para ponerla lejos de Fuentes bien abajo.
Era el 1 a 0 que premiaba esa jugada elaborada de Coreano en un partido de trámite parejo que parecía encaminarse a un empate para ir al descanso. Pero el goleador apareció y miró al cielo ofrendando el gol a la mamá recientemente fallecida. Poco antes Maidana había tapado otra pelota soberbia ante remate de Gramajo.
Ese segundo gol clave...
Como era de esperar, salió decidido a buscar el empate el elenco platense desde el minuto cero del complemento, y aunque la respuesta defensiva de Coreano fue más equilibrada que en el primer tiempo; la igualdad fue una consecuencia lógica.
Se jugaban 11 minutos cuando una réplica de Curuzú Cuatiá tomó mal parada a la defensa visitante, se la jugó Maidana tapando el remate de Deri que entró solo, el rebote lo pescó Gramajo y dio en el palo, y finalmente la empujó Massi para terminar con el suspenso y desatar la alegría de la nutrida concurrencia que acompañó al ticolor.
Sin embargo la alegría duró un suspiro. Aún estaban frotándose las manos los hinchas por el empate, cuando llegó otro centro al área local, hubo una carambola con un despeje que dio en otro compañero, y le quedó servida a Lucas Rodríguez que, como goleador nato, no desaprovechó el obsequio.
El 2 a 1 fue un impacto duro para Curuzú y, por el contrario, le dio a Coreano chapa para manejar el trámite del encuentro. Creció muchísimo Santos, Nieto iba y venía incansable como siempre, y cada contragolpe era una amenaza para el fondo platense. Hasta que a los 22 llegó el golazo de Elio Yegros, que paró una pelota con el pecho y encaró el área por el vértice, amagó, midió el remate y la puso en el ángulo izquierdo de Fuentes cuya estirada no alcanzó.
Con el 3 a 1 se simplificó mucho más la cosa para la visita, aunque sufrió una baja sensible, ya que Nieto se lesionó seriamente en un codo y fue trasladado al Hospital de Gonet, donde en un primer momento se pensó que debía ser operado, pero finalmente fue enyesado y se estima que estará inactivo por el resto el torneo.
Cuatiá siguió buscando con mucho amor propio pero sin claridad, probó cien veces a la defensa rival con centros, y de contra pudo Coreano aumentar la ventaja, lo tuvieron Yegros y Mouzo.
Y cuando todo hacía pensar que el 3 a 1 era cosa terminada, en los 7 minutos exactos que había adicionado el árbitro (de muy discreta tarea), llegó ese envió de Concensao que se le metió en el ángulo a Maidana.
Coreano volvió a Lobos ganador, y ahora la obligación la tendrá Cuatiá, en un reducto más grande y ante un rival que ya ha dado muestras de manejar con inteligencia los partidos que lo tienen con ventaja.
La cita será el sábado 13 desde las 17 en el estadio de la Ruta 205. Noventa minutos para confirmar que el primer tramo de los play off está superado.
Agradecimiento profundo
Toda la dirigencia y cuerpo técnico del Deportivo Coreano, quieren hacer público su agradecimiento al señor Carballo, responsable de Relaciones Públicas de la Liga Platense de Fútbol, que permaneció junto a la delegación hasta que Juan Cruz Nieto abandonó el Hospital de Gonet ya enyesado.
SINTESIS DEL PARTIDO
Curuzú Cuatiá 2 vs. Deportivo Coreano 3
Juez: Diego Brindesi - Líneas: Cristian Fiz y Antonio Ortigoza.
CURUZU CUATIA
1- Ramiro Fuentes
2- Matías Quiroga
3- Alberto Lebán
4- Pablo Aguirre
5- Claudio Núñez
6- Marcos Concensao
7- Camilo Bochetti
8- Alan Deri
9- Emiliano Sosa
10- Leandro Massi
11- Jeremías Gramajo
Cambios: Pablo Liporachi por Núñez y Gonzalo Duro de Oliveira por Deri.
Suplentes: Gastón Gaudio, Facundo Barneche y Víctor Núñez.
DT: HORACIO ALDONATTI.
DEPORTIVO COREANO
1- Diego Maidana
2- Eduardo Masotto
3- Javier Gómez
4- Julio Oporto
5- Ariel Santos
6- Daniel López
7- Elio Yegros
8- Cristian Cano
9- Lucas Rodríguez
10- César Lagoria
11- Juan Cruz Nieto
Cambios: Walter Nicolás Gómez por Cano; Carlos Mouzo por Rodríguez y Ruben Salina por Nieto.
Suplentes: Walter Roberto Gómez y Matías Maldonado.
DT: MARCELO PHILIPP
PF: JAVIER OLGUIN
MEDICO: FRANCISCO PUGLIESSE
GOLES: PT, 40´ Lucas Rodríguez (DC). ST, 11´ Leandro Massi (CC); 12´ Lucas Rodríguez (DC); 22´ Elio Yegros (DC) y 52´ Marcos Concensao (CC).
Amonestados: Lebán y Bochetti en Curuzú Cuatiá; Oporto, Javier Gómez, Masotto, Santos y Salina en Coreano.
AGARDECEMOS A : Carlos A. Jáuregui Prensa Deportivo Coreano
LLAVE "78" LO DE JUVENTUD UNIDA DE VERONICA FUE MAS QUE SORPRESIVO
Dura derrota de For Ever ante Juventud Unida
UN DESCONOCIDO FOR EVER COMPLICÓ SUS POSIBILIDADES
Por Fernando Bossi y Sergio Quintana
Los dirigidos por Uriel Parrado cayeron sin atenuantes ante Juventud Unida por tres tantos contra cero y quedaron en una situación incómoda de cara al partido de vuelta. El visitante se mostró sólido y convencido aprovechando las falencias y facilidades que le otorgó For Ever en conjunto. Con dos goles de Hernán “Nani” López y uno de Alfredo Martinottti, el equipo de Verónica se volvió con una victoria holgada y tranquilizadora.
En la primera etapa se vio a un For Ever desconocido, desatento y desordenado. Pese a eso, a los 3´ tuvo la primera situación. Pase largo de primera de Lima a espaldas de Vázquez, que Rojas aprovechó para meterse en el área por izquierda y definir cruzado a un metro del palo derecho. Sin embargo, tan sólo fue un espejismo. Desde allí For Ever no encontró circulación, asociaciones ni situaciones con que inquietar a la visita.
El “Canario” se hizo protagonista del partido, manejo la pelota y contó con las mejores y mayores chances sin necesitar gran elaboración. La primera fue una media vuelta de López que controló Acuña con facilidad. Luego Martinotti bajó el balón en el área hacia la posición de Fuscaldo, quien remató a quemarropa encontrando una buena respuesta del uno local.
Sobre los 32´ Martinotti encaró al área por la izquierda ante la pasividad de la defensa y envió un centro bajo que fue conectado por López debajo del arco para marcar el primero. El gol era una evidencia del desprolijo funcionamiento colectivo del conjunto de Parrado.
Y la visita puedo aumentar la diferencia cinco minutos más tarde con un desborde de López por derecha que Arzer anticipó en el primer palo obligando a una nueva respuesta de Acuña.
Juventud Unida, con poco, se fue al descanso con una diferencia merecida. For Ever llegó al entretiempo con todo el desconcierto, pero sabiendo que peor no podría hacer las cosas.
De arranque, en la segunda parte, los de Barrio El Mondongo mostraron una mayor actitud y algo de juego en la mitad cuando juntaba a Benítez, Lima y Pedrozza. A los 16´ tuva su única oportunidad de alcanzar la igualdad. Rojas encaró por izquierda y centró para el ingreso de Giustozzi, quiena anticipo a su marcador y desvió su remate por en encima del travesaño.
Pero lo peor para las aspiraciones del albiazul llegaría a los 21 del complemento. “Nani” López desbordó la marca de Vallejos por derecha y cedió al medio para la entrada de Martinotti que tocó a la red ante la estéril estirada de Acuña. De allí en más retornó el desconcierto para el representante platense. Intentó con los cambios torcer la historia, pero ni la potencia de Blengino ni la velocidad de Berales sirvieron para inquietar el arco de Herrera.
A los 35´ quedaría sentenciado el partido. Pase largo hacía la posición de López que arrancó habilitado y ante la salida de la “Boya” definió con un tiro bajo al medio del arco.
El final fue sólo nerviosismo para For Ever. Los dirigidos por Parrado estuvieron lejos de su mejor versión, se mostraron como un equipo muy largo y sin sorpresa, e inesperadamente fueron presa fácil de un equipo discreto como Juventud Unida.
Con esta dura derrota los de Barrio El Mondongo ven muy comprometida sus esperanzas de continuar en el Torneo del Interior. Dentro de 7 días volverán a verse las caras pero ésta vez en Verónica y allí For Ever deberá ir al todo por el todo en la Llave 78.
AGRADECEMOS A : www.pasealaliga.com.ar
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